El Congreso de la República promulgó por insistencia la norma con la que se faculta al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a realizar un control previo en las fusiones empresariales de dos o más compañías.
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Según la Ley Nº 31112, también llamada “Ley Antimonopolio” o “Ley de fusiones empresariales”, Indecopi únicamente evaluará las operaciones de concentración que superen los umbrales de ventas y activos previstos en la norma, los cuales son los siguientes:
- Umbral conjunto (2 empresas involucradas): 118,000 UIT (equivalente a US$ 150 millones).
- Umbral individual (más de 2 empresas involucradas): Por lo menos 18,000 UIT cada una (equivalente a US$ 23 millones).
Asimismo, en base a la evaluación que se realice, la institución podrá tomar tres decisiones:
- Aprobar la fusión empresarial sin condiciones.
- Aprobar la fusión empresarial con condiciones.
- Denegar la fusión de las empresas.
En cuanto al proceso de evaluación previa, si se determina que la operación de concentración no plantea un alto riesgo contra la libre competencia, el procedimiento concluye en primera fase, en un plazo máximo de 30 días hábiles.
De lo contrario, se da inicio a la segunda fase, que tiene un plazo máximo de 90 días hábiles, prorrogables por 30 días hábiles adicionales.
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La norma también contempla la posibilidad de que los agentes económicos realicen consultas de carácter orientativo a la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi, con la finalidad de determinar si la operación estaría sujeta a los términos de la ley.
“El Perú era uno de los pocos países de la región y del mundo que no contaba con un marco legal que vigilara las fusiones empresariales que puedan representar una amenaza frente a los ciudadanos, a través de prácticas monopólicas y posiciones de dominio que distorsionen la propia naturaleza del libre mercado”, dijo Hania Pérez de Cuéllar la semana pasada, tras la aprobación de la ley en Pleno del Congreso.
El Parlamento adelantó en la víspera, a través de sus redes sociales, que la norma sería promulgada con el objetivo de “promover la competencia efectiva y la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores”.