El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó este lunes la imposición de una multa equivalente a S/ 664,400 contra la operadora Entel tras haberse comprobado que la empresa ofrecía la contratación del servicio público móvil de forma ambulatoria.
MIRA: Elecciones 2021: El perfil económico de los cinco candidatos que pugnan por la segunda vuelta
Según Resolución de Consejo Directivo Nº 058-2021-CD/OSIPTEL, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la multa fue impuesta este año en primera instancia por 151 UIT tras incumplir con lo dispuesto en la medida cautelar dada mediante Resolución N° 042-2020-GSF/OSIPTEL.
Según Osiptel, corresponde a las empresas operadoras, entre otros aspectos, incluir en el registro de distribuidores autorizados la dirección donde funcionarán los locales y puntos de venta autorizados para la contratación del servicio de telefonía móvil.
“Lo que la norma persigue es que se trate de un local ubicado en un lugar dotado de una dirección cierta e específica, donde se desarrolle la actividad comercial en forma permanente, no resultando acorde con lo previsto en dicha norma la posibilidad de realizar contrataciones en la vía pública”, refiere la resolución.
REVISA: Pedro Castillo: 4 puntos que resumen el perfil económico de su plan de gobierno
“Si bien Entel alega haber realizado diversas acciones para dar cumplimiento a la exigencia impuesta mediante la medida cautelar; no obstante, dicha empresa operadora continúa realizando contrataciones en puntos de venta no reportados al Osiptel”, añade.
La resolución promulgada este lunes agota la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional bajo dicho canal.