El Tribunal Constitucional (TC) debatirá hoy martes 22 de setiembre sobre la ponencia presentada por el magistrado Ernesto Blume relacionada a la prescripción de deudas tributarias y la inconstitucionalidad de un decreto legislativo del Ejecutivo.
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Concretamente, se refiere a una de las disposiciones del Decreto Legislativo 1421 –publicado en el 2018– el cual señala que el plazo computable para la prescripción de las obligaciones iniciadas antes del 2012 se cuenta desde la determinación de deuda y no desde que se crea la obligación tributaria.
La Sunat afirma que, de declararse inconstitucional, tal como lo plantea el proyecto de sentencia presentado por Blume, quedarían deudas sin cobrar por un total de S/9.000 millones.
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En opinión del abogado constitucionalista Natale Amprimo, la disposición resulta inconstitucional. “En el 2012 se establece que la prescripción se da desde la resolución que determina la deuda tributaria. Pero el Decreto Legislativo del 2018 incluye a aquellas que empezaron antes del 2012 y donde ya comenzó la prescripción. Es un cambio en las reglas del juego”, explicó.
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Competencia
El director de la CCL, Leonardo López explicó que el decreto legislativo también resulta inconstitucional porque excede las facultades otorgadas. “El mandato del Congreso era claro. Se otorgan facultades para mejorar los procedimientos tributarios. La prescripción no es un tema de procedimientos. Es un derecho de cualquier deudor cuando no hubo diligencia”, aseveró.
La Sunat afirma que el decreto sí se encuentra dentro del marco de competencias. “Tan es así que el subgrupo de trabajo del Congreso de la República encargado de evaluar la constitucionalidad de los decretos, concluyó que se había emitido respetando las facultades otorgadas”, señaló a El Comercio.
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