El martes se dio a conocer que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró como barrera burocrática ilegal a la prohibición a tercerizar las actividades de forman parte del núcleo del negocio de una empresa. Sin embargo, aún quedan pasos para que esta decisión termine por revocar los efectos del Decreto Supremo N°001-2022-TR.
La resolución de Indecopi fue firmada el 18 de agosto pasado y argumenta los motivos por los que dicha norma, emitida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) sería ilegal. Sin embargo, el documento también indica que las barreras burocráticas ilegales dejarán de tener vigencia para todas las empresas afectadas una vez se publique la decisión final en el diario oficial El Peruano. Cabe resaltar que la resolución aún no fue publicada oficialmente en la página web de Indecopi.
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Según Pierino Stucchi, socio principal del Estudio Muñiz, para que esto ocurra el Indecopi todavía debe de confirmar su fallo en segunda instancia. Agregó que la resolución se publicitó porque una de las partes involucradas en la controversia la filtró.
“Es una decisión en primera instancia, pero Indecopi tiene dos instancias. Para que se dé la publicación en El Peruano, se debe de tener la resolución en la segunda instancia. Una vez se publique en el diario, la norma dejará de regir tanto la empresa denunciante, así como para todas las demás”, indicó.
Agregó que el MTPE tiene un plazo de 15 días hábiles para apelar esta primera decisión que comenzarán a contarse desde el día siguiente al que fueron notificados de la resolución. Dicha fecha no necesariamente es la misma que aparece en la resolución.
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El Comercio buscó confirmar si el MTPE ya fue notificado de la decisión de Indecopi, pero hasta el cierre de este informe no obtuvo respuesta. La cartera a través de un comunicado indicó que tomaría acciones legales para defender las restricciones a la tercerización laboral.
Según Stucchi, cuando la cartera de Trabajo apele, el Indecopi tendrá un plazo máximo de seis meses para tomar la decisión final. Sin embargo, consideró que la entidad debería tomar menos tiempo “daba la alta importancia” del caso en particular.
Una vez el caso se resuelva en segunda instancia, la decisión no puede ser apelada ante el Indecopi. Sin embargo, esta sí puede ser revisada por el Poder Judicial. La decisión tomada por el ente de defensa de las competencias no se vería afectada mientras dure el proceso judicial.
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“Una vez que el Indecopi emite su decisión en segunda instancia, imaginemos que confirme la primera, el MTPE podría acudir al Poder Judicial y abrir un proceso contencioso administrativo donde las partes podrían pedir que revise el caso. En caso le den la razón se puede corregir”, explicó Stucchi.
“Sin embargo, considero que el MTPE no debería de usar recursos para la defensa de un reglamento que es evidentemente ilegal”, agregó.
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