El Callao se mantiene con nivel de de alerta sanitario extremo por la pandemia del COVID-19, por lo que en esta zona continuará la inmovilización social los domingos. Así lo dispone el Decreto Supremo 046-2021-PCM, publicado este sábado 13 de marzo en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano.
De acuerdo a la norma, los ciudadanos que residen en la Provincia Constitucional del Callao y en otras 26 provincias del país tendrán que cumplir las restricciones desde el 15 hasta el 28 de marzo, a fin de mitigar el incremento de casos de coronavirus (COVID-19).
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Cifras de la Sala Situacional COVID-19 del Ministerio de Salud (Minsa) indican que la Provincia Constitucional reporta a la fecha 61.443 contagios, y la cifra acumulada de fallecidos por coronavirus es de 2.565. Mientras que según el Sinadef, más de 6.200 personas fallecieron en el Callao debido al coronavirus.
Asimismo, el Minsa reportó que hasta este sábado, 13 de marzo, el número de personas vacunadas en Callao con la primera dosis desarrollada por el laboratorio Sinopharm contra el COVID-19 asciende a 20.115.
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El mapa interactivo del Minsa muestra que dicha cifra representa un 98,15% de avance respecto a la meta de vacunados en la capital, que es de 20.494.
Restricciones y aforos en provincias con alerta extrema
- Los domingos habrá inmovilización social obligatoria estricta y el toque de queda será de 9:00. pm a 4:00 am.
- El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo de 50% a 100%, regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
- Los límites de aforo en las provincias de nivel extremo han sido fijados en 20% para las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos. Todos estos establecimientos podrán ofrecer también servicio delivery.
- Entre tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas, mercados y farmacias aumentaron su aforo al 40 %, al igual que los bancos y entidades financieras.
- Los restaurantes y afines podrán atender al público con un aforo de 30% en sus áreas internas con ventilación y de 30% si el servicio se ofrece al aire libre. Se permite servicio de delivery desde las 4:00 a.m. a 11:00 p.m. de lunes a domingo.
- Por su parte, las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías de arte, jardines botánicos y zoológicos podrán funcionar con un aforo de 30 %, mientras un 20% para las artes escénicas y la enseñanza cultural en espacios abiertos.
- Las artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas) será 20%. Las peluquerías, spa, barberías y otros afines funcionarán con un aforo de 40% (previa cita).
- También se prohíbe el funcionamiento de los clubes y asociaciones deportivas. Tampoco casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y teatros y artes escénicas, mientras las iglesias y centros de culto no están autorizados a funcionar.
- Además está prohibido las reuniones en espacios abiertos y cerrados. El delivery de farmacias y boticas funciona las 24 horas del día.
- Asimismo no está permitido, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas.
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