La Defensoría del Pueblo destacó que el Ejecutivo haya promulgado la ley de cáncer infantil. Señaló que la norma permitirá garantizar condiciones adecuadas para la detección oportuna y la atención de calidad de dicha enfermedad en niñas, niños y adolescentes.
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De acuerdo con el comunicado, la institución resaltó que la ley dispone la creación de un programa nacional para tal fin, además de un registro y un observatorio sobre el cáncer infantil.
Indicó que, a través de su último boletín elaborado por la la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia, mostró su preocupación al identificar los problemas más críticos que afrontan tanto los menores de edad con cáncer como su padres y/ o tutores para poder acceder a los servicios de salud, antes y durante la pandemia por COVID-19 en el país.
“En atención a estas dificultades, también se remitió el Oficio N° 265-2020/DP, dirigido a la Presidencia del Consejo de Ministros, para solicitar la promulgación de la autógrafa, recordando el deber de protección especial del Estado hacia dichas personas menores de edad”, recordó.
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La Defensoría del Pueblo mencionó que este 2020, declarado como Año de la universalización de la salud, coincide con la conmemoración de los 30 años de la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño por el Perú. Por ello, señaló que resulta propicio asegurar una amplia cobertura en la atención de dicha enfermedad en cualquiera de sus etapas y tipos, de forma gratuita y sin discriminación alguna.
También informó que tras la promulgación de la Ley de Cáncer Infantil, la institución se mantendrá vigilante del cumplimiento de las disposiciones, así como a la publicación de su respectivo reglamento, parar garantizar las condiciones de atención integral del cáncer infantil.
El último martes, el presidente de la República, Martín Vizcarra, promulgó la ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral de cáncer en niños y adolescentes. Hoy fue publicada en el diario El Peruano la Ley de Cáncer Infantil, y entre las disposiciones que figuran se establece de manera excepcional y única, el derecho de obtener una licencia con goce de haber hasta por un año, cuando el trabajador tenga a su cargo a un hijo, niño o adolescente menor de 18 años, diagnosticado con cáncer por el médico especialista.