La empresa Rutas de Lima rechazó la medida cautelar dictada por el Poder Judicial que le ordena abstenerse de cobrar peajes a los transportistas en las garitas ubicadas en la carretera Panamericana Norte.
En un comunicado, indicó que dicha medida atentaría contra sus derechos bajo el contrato de concesión suscrito con la Municipalidad de Lima.
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Asimismo, indicó que conforme a la propia Constitución Política del Perú, los juzgados comerciales (como el Sétimo Juzgado Civil Comercial de Lima) no tienen competencia para pronunciarse respecto a la validez de las disposiciones contenidas en el contrato.
“La única autoridad competente para resolver cualquier controversia vinculada al Contrato de Concesión, incluyendo sobre su validez, es un tribunal arbitral constituido al amparo del Contrato de Concesión. En este momento, precisamente, existe un tribunal arbitral que está encargado de resolver las controversias en curso entre RDL y la MML. Dicho tribunal ha ordenado que se mantenga el status quo de la Concesión mientras se resuelve el arbitraje en curso, lo cual incluye el cobro de los peajes correspondientes a todas las unidades de peaje de la Concesión”, expresó.
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“La medida cautelar difundida atenta gravemente contra lo dispuesto por el artículo 62 de la Constitución que protege los contratos y dispone que sus términos no pueden ser modificados por disposiciones de cualquier clase”, agregó.
Rutas de Lima también precisó que la referida medida cautelar no tiene vinculación alguna con el proceso de habeas corpus que actualmente se tramita ante el Tribunal Constitucional (TC).
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Finalmente, indicó que ejercerá sus derechos legales y constitucionales, y, en consecuencia, se reserva todos sus derechos en relación a los daños que se generarían tanto a Rutas de Lima como a sus inversionistas. Insistió en que la medida constituye una “grave vulneración” de los tratados internacionales suscritos por el Estado peruano.
“Rutas de Lima viene siendo objeto de una campaña de desprestigio y de una serie de declaraciones difamatorias, incluyendo por parte de la MML. Invocamos a que se respete nuestra libertad de empresa y a que las autoridades garanticen la seguridad e integridad de nuestros colaboradores”, sentenció.
El caso
Como se recuerda, el Séptimo Juzgado Civil Subespecialidad en lo Comercial de Lima declaró fundada la pretensión de la referida asociación, según lo informó el PJ en su cuenta de X (antes Twitter).
El fallo judicial dispone también el cierre de las unidades de peaje Chillón y oficia a la Policía Nacional del Perú (PNP) para que preste apoyo en la ejecución de la medida.
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Asimismo, la medida cautelar también suspende provisionalmente los efectos de algunas cláusulas del contrato de concesión suscrito entre la Municipalidad de Lima y la empresa Rutas de Lima SAC, en relación a la tarifa a pagar por los transportistas.
En la resolución judicial también se designa como veedor al ciudadano Carlos Javier Farfán Condori, a efectos de que verifique periódicamente el cumplimiento del mandato judicial, “bajo apercibimiento de formularse la denuncia penal por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad”.
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