El martes 11 de enero, el fiscal provincial Fredy Iván Sueldo Quiñones, de la segunda Fiscalía Penal Corporativa de El Agustino, dispuso entre otras cosas, la “inmediata libertad del imputado Alberto José Bermúdez González”, el conductor que atropelló a la fiscalizadora de tránsito Jackelin Rosales Ramírez en la Vía de Evitamiento.
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El chofer de la combi de placa C1Q-372, vehículo que acumula 63 multas por un valor de S/163 mil, fue liberado esta mañana y seguirá el proceso en calidad de citado. Pero, ¿por qué el Ministerio Público tomó esta decisión a pesar del crítico estado de salud de la joven de 25 años y de la evidencia que muestra la brutalidad del atropello y la persecución?
Uno de los puntos expuestos por el fiscal Sueldo Quiñones señala “que se debe tener en consideración una serie de incidencias ocurridas en el trámite para la presentación del requerimiento fiscal”. El primero de ellos es que el informe policial fue entregado sin la foliación correspondiente, es decir que no fue numerado de manera idónea y podría no haber consignado todos los datos correctos.
“El acotado informe policial fue puesto a disposición del despacho fiscal a las 13:33 del día 11 de enero, y sin la debida foliación, lo que motivo incluso la autorización administrativa de la sede de la Fiscalía de El Agustino, la autorización respectiva a efectos de que personal policial pueda ingresar a las instalaciones para subsanar la documentación, siendo recién a las 14:45 minutos que concluyo dicha labor de subsanación”, se lee en el documento al que tuvo acceso El Comercio.
Además, se indica que hubo inconvenientes en la mesa de partes virtual de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y que la información presentada no cargó de manera correcta. Y que pese a las coordinaciones de presentar físicamente al detenido y los documentos pertinentes, “el personal jurisdiccional se negó a recibir la documentación (…) aduciendo que ya se encontraba vencido el plazo de detención”.
Fuera de los errores administrativos que se pueden leer en el documento, el fiscal a cargo señala que Bermúdez González, ciudadano extranjero de 21 años, proporcionó dos nombres diferentes al momento de ser intervenido, suceso que “no fue objeto de investigación a nivel preliminar”.
“(…) Siendo así a la fecha, incluso no se tiene certeza de la identidad exacta del investigado, por lo cual con fecha del 10 de enero de los corrientes recién a través de un escrito presentado por el abogado González Guevara se tomo conocimiento que aparentemente el nombre que le correspondería sería Ricardo José BERMÚDEZ GONZÁLEZ”.
En horas de la mañana, el Ministerio Público emitió un comunicado en el que señaló que pese a los inconvenientes que frustraron el requerimiento de prisión preventiva, el fiscal Sueldo Quiñones se encuentra a la espera de que el Poder Judicial convoque a una audiencia en la que se pueda volver a hacer el requerimiento de la medida preventiva.
La entidad confirmó que los retrasos se debieron a problemas técnicos ya que “no se pudo cargar al sistema de mesa de partes virtual del Poder Judicial la documentación digitalizada”.
“Ante lo ocurrido, el fiscal se dirigió con el detenido a la Mesa de Partes del Juzgado de Investigación Preparatoria de El Agustino para presentar de manera presencial su solicitud de prisión preventiva. En esa dependencia, tampoco fue posible ingresar el requerimiento fiscal pues solicitaban evidencia del problema suscitado en la mesa de partes virtual de la Corte de Lima Este. Es en esa gestión que venció el plazo de la detención por flagrancia contra el involucrado por lo que se tuvo que emitir la disposición de libertad del detenido quien pasó a la condición de citado, siguiendo los procedimientos legales”, detalla el Ministerio Público.
Las sanciones
Antes de la liberación de Bermúdez González, El Comercio consultó con dos abogados penalistas: Mario Amoretti y Luis Lamas Puccio, quienes coincidieron en que las autoridades debían llevar el proceso con responsabilidad y celeridad.
Para el abogado penalista Mario Amoretti, en este caso se ven tres figuras delictivas: tentativa de homicidio simple, abandono de personas en peligro y la fuga del lugar en donde ocurrió el accidente de tránsito. Con la suma de estos hechos, Bermúdez podría cumplir una pena de hasta 12 años.
Reconstruimos la riesgosa persecución a una combi con S/163 mil en papeletas [INFOGRAFÍA]
El jurista también señala que el hecho de no contar con licencia de conducir es un agravante de carácter administrativo que complica su situación penal. “Aquí, lo que más se debe tomar en cuenta es la intención que él tuvo al momento de maniobrar el carro sabiendo que la autoridad estaba presente. Lo ideal sería que se pida prisión preventiva y después de que se cumpla la pena, se proceda a expulsar al extranjero”, acotó Amoretti.
Y desde esa misma óptica, el abogado Luis Lamas Puccio señaló que Bermúdez debería asumir la responsabilidad penal bajo prisión preventiva. “Se trata de un extranjero que podría no tener domicilio fijo ni documentación en regla. Si se le diera comparecencia podría escapar”, explicó.
Para Lamas Puccio, la dueña del vehículo Gloria Bazán Díaz, cuyo nombre figura en los Registros Públicos, y los representantes de la empresa Galilea Express S.A, a la que pertenecería el vehículo, califican como coautores o cómplices. “Estas personas también deben ser denunciadas porque ayudaron a que alguien sin documentación manejara un vehículo. Es una forma de complicidad y eso es una responsabilidad penal compartida que merece una pena entre los 8 y 10 años, si se denunciara por tentativa de homicidio”, señaló el abogado.
Se colocó el comunicado emitido por el Ministerio Público respecto a los "inconvenientes que frustraron el pedido de prisión preventiva" al conductor que atropelló a una fiscalizadora de tránsito en el distrito de El Agustino.
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