El 22 de mayo del 2023, en un acto que fue considerado un hito para la conservación del mar peruano, el Gobierno se publicó la Ley N° 31749 que reconoce la pesca ancestral y pesca artesanal e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas. Más de un año después, todavía no hay reglamentación y pescadores de distintas regiones advierten que normativa que prepara el Ejecutivo estará incompleta.
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Mientras desde el Ministerio de Producción (Produce) aseguran que el desarrollo del reglamento se encuentra en la última etapa, gremios artesanales denuncian que el contenido no incluirá la reclasificación de las flotas pesqueras y la prohibición de la pesca con redes de cerco mecanizado en las tres primeras millas.
Ambos aspectos dependen de la modificación de los artículos 20 y 33 de la ley vigente, Ley General de Pesca, y de su reglamento (artículos 30 y 63), cuyos cambios fueron contemplados en las disposiciones complementarias finales de la ley del año pasado.
Por ejemplo, se establece que la pesca artesanal es aquella realizada con “predominio del trabajo manual para la recolección del arte o aparejo de pesca. Se realiza con el uso de embarcaciones menores o sin ellas”. Además, se considera a la zona comprendida por las primeras cinco millas marinas adyacentes a la costa “como zona de protección de la flora y fauna existentes en ella” donde no se permiten actividades extractivas de mayor escala.
Sin embargo, Produce reconoció a El Comercio que los cambios a estos artículos no estarán presentes en el reglamento, pero aseguran que esto se debe a que se está desarrollando un proceso paralelo que tomará un tiempo adicional.
“La propuesta de modificación de los artículos 30 y 63 del actual y vigente Reglamento de la Ley General de Pesca es parte de un proceso paralelo, toda vez que la Ley N° 31749 en su Primera Disposición Complementaria Final dispone la reglamentación de la misma; de forma complementaria la modificación de la Ley General de Pesca”, indicaron en comunicación escrita con este Diario.
La modificación de dichos artículos serán parte de un proyecto normativo que será publicado -no especificaron fecha- para recabar aportes, comentarios y sugerencias de la ciudadanía. “Dicha pre publicación contemplará artículos referidos a la clasificación de la actividad extractiva pesquera y a la Zona Reservada para la actividad pesquera artesanal y de menor escala, considerando la importancia de la pesca artesanal para el desarrollo de la actividad económica nacional y como medio de vida de un importante sector de la actividad económica nacional”, indicaron.
El problema es que los gremios pesqueros aseguran que mientras no se garantice la reclasificación de la flota, la protección de las cinco millas -y especialmente de las tres millas- es letra muerta.
“Actualmente se considera peca artesanal a embarcaciones de hasta 32,5 toneladas, pero un montón han modificado su tonelaje a 40 y 50 toneladas. Son los ‘bolichitos’. Eso conlleva a la depredación porque todas las especies marinas desovan dentro de las 3 millas marinas. Esas embarcaciones son de arrastre y se llevan todo, de artesanal solo tienen el nombre”, indicó Henry Palma García, presidente de la Red Pesquería Artesanal Sostenible de la Provincia de Huaura, que representa a unos 200 pescadores artesanales, cuyas embarcaciones tiene capacidad de hasta 1,5 toneladas.
Así como Palma, representantes de gremios de Arequipa, Moquegua y Tacna han emitido pronunciamientos para demandar “la promulgación completa y responsables con los recursos pesqueros y la ley aprobada por unanimidad por el congreso y promulgada por la presidenta de la república en la que el Ministerio de la Producción es responsable”.
Aunque Produce no precisó fecha de la prepublicación con los artículos en cuestión, la congresista Milagros Rivas informó que, según información brindada por la cartera de Producción a su despacho, sería todavía para noviembre de este año.
Para Carmen Heck, directora de políticas de Oceana Perú, si bien las modificaciones a la Ley General de Pesca se aprobaron por disposición complementaría de la nueva ley, “eso no quiere decir que no sean aspectos centrales de la misma, ni que deban ser reglamentadas por separado”. En diálogo con este Diario, la abogada especializada en derecho pesquero señaló que no existiría justificación para separar dichos elementos de la ley, tomando en cuenta que el proyecto de reglamento, publicado en febrero pasado, sí incluía las modificaciones de ambos artículos.
Lo que sí contendrá el reglamento de la ley es el registro nacional de pescadores tradicionales ancestrales y pescadores artesanales, el beneficio para el pago de multas administrativas, así como acciones de articulación, fomento de la actividad pesquera y coordinación con el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Producción y Gobiernos Regionales.
“El reglamento dispone a través de la Dirección General de Pesca Artesanal, la promoción de convenios, alianzas estratégicas, y otras modalidades de cooperación, en coordinación con otras entidades públicas y privadas, para el acceso de los pescadores tradicionales ancestrales y pescadores tradicionales artesanales, a los servicios de educación, salud, seguridad social, apoyo crediticio, entre otros, destinados a mejorar su calidad de vida. Además de ello, se propiciará la participación ciudadana en las políticas públicas de apoyo a la pesca tradicional ancestral y tradicional artesanal a través de talleres, grupos focales, mesas de trabajo, entre otras, bajo modalidad virtual y/o presencial”, informó Produce.
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