Desde hace varios años, cada vez que el expresidente Alberto Fujimori requiere de un dentista, sale del Penal de Barbadillo, ubicado dentro de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional, en Ate Vitarte, hacia la clínica de la odontóloga y militante de Fuerza Popular (FP), Carmen Eunice Encinas Acero, ubicada en el distrito de Magdalena. La última vez que salió para una revisión bucal fue el domingo 6 de agosto.
Fujimori Fujimori se encuentra recluido en dicha cárcel, desde fines del 2007, cumpliendo una condena de 25 años por los delitos de homicidio y secuestro agravado por los Casos Barrios Altos y La Cantuta.
Su salida al dentista es una de las diversas oportunidades en las que ha dejado el recinto carcelario, por horas o días, debido a cuestiones médicas.
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Sin embargo, Fujimori Fujimori no es el único expresidente internado en dicho penal. Los exmandatarios Alejandro Toledo y Pedro Castillo, que cumplen sendas órdenes de prisión preventiva por los procesos judiciales que se siguen en su contra; también salieron de Barbadillo en algunas oportunidades en lo que va del año.
Así lo ha informado el Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) al El Comercio que, a través de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, solicitó información sobre el número de veces en las que Fujimori, Toledo y Castillo han salido del penal.
El INPE, sin embargo, se negó a detallar los motivos de las salidas de los expresidentes, alegando que los datos personales solo pueden tratarse con consentimiento de su titular, salvo ley autoritativa al respecto.
“La información referida a la salud personal se considera comprendida dentro de la intimidad personal. En este caso, sólo el juez puede ordenar la publicación”, señalaron.
¿Cuántas veces salieron del penal?
Según el reporte del INPE entregado a este Diario, entre enero del 2020 hasta agosto del 2023, el expresidente Alberto Fujimori (1990-2000) salió del penal 67 veces.
Solo en este año, se han conocido dos salidas. Una fue en el mes de febrero, cuando fue trasladado hacia el Hospital II de Vitarte luego de presentar frecuencia cardíaca irregular, según lo confirmó entonces EsSalud.
Y, la más reciente, cuando fue captado el pasado 6 de agosto ingresando a la clínica dental de Carmen Encinas.
El traslado de Fujimori Fujimori hacia el establecimiento médico bucal, demandó la movilización de personal policial y seguridad del INPE. Esta última institución aseguró que la salida del expresidente correspondía a una “diligencia médica programada”. Según el portal Convoca, en el 2021, el exmandatario visitó esta clínica cuatro veces.
En anteriores oportunidades, el primer inquilino de Barbadillo ha salido del penal por problemas cardiovasculares, respiratorios, y operaciones debido al cáncer de lengua que padece.
Por ejemplo, a iniciosde marzo del 2022 estuvo bajo cuidados médicos de una clínica por dos semanas debido a una dolencia cardíaca. Y, unos meses antes, en febrero de ese año, fue dado de alta luego de permanecer internado desde el 2021, debido a una fibrosis pulmonar.
En octubre del 2021, el exmandatario también salió del penal para ser sometido a un cateterismo. Y, en el 2020, también fue internado por dificultades respiratorias.
En el caso del expresidente Alejandro Toledo (2001-2006), según el reporte del INPE, ha salido del penal de Barbadillo, hasta en cuatro oportunidades.
Como se recuerda, Toledo Manrique se encuentra recluido en dicho centro penitenciario desde el 23 de abril del 2023, luego de llegar al Perú extraditado desde Estados Unidos.
Quien fuera líder del desaparecido partido Perú Posible cumple una prisión preventiva de 18 meses, como parte del proceso que se le sigue por presuntos delitos de corrupción debido a la licitación de los Tramos 2 y 3 de la Carretera Interoceánica a la empresa Odebrecht, durante su gobierno.
Públicamente se conoce que Toledo Manrique salió del penal el 6 de junio, para ser atendido en el hospital II Vitarte de EsSalud (Distrito de Ate), donde fue atendido por una “crisis hipertensiva” según confirmó dicho nosocomio.
En ese momento, el jefe del INPE, Javier Llaque, afirmó que la salud del exmandatario no corría peligro.
El INPE también aseguró en su informe que Pedro Castillo salió en dos ocasiones del Penal de Barbadillo. Como en los anteriores casos, no dio detalles sobre las razones de su salida, ni hacia dónde.
Desde el 7 de diciembre del 2022, el vacado exmandatario se encuentra cumpliendo dos prisiones preventivas en el penal de la Dinoes, de 18 y 36 meses, por el golpe de Estado que dio en esa fecha y por liderar una presunta organización criminal dedicada a la corrupción durante su gobierno, respectivamente.
Cabe recordar que, días después de ser internado en dicho penal, la fiscalía ordenó que sea sometido a pruebas toxicológicas, psicológicas y psiquiátricas, pero Castillo se negó.
Hablan sus abogados
El Comercio se comunicó con Elio Riera, abogado de Alberto Fujimori, quien señaló que, básicamente, las salidas del exmandatario fueron por temas vinculados a su salud.
“Lo que puedo indicarle es que las salidas son realizadas bajo permiso legales, siempre bajo el marco de la legalidad y cumpliendo estrictamente los permisos del INPE y en coordinación con el INPE”, señaló.
Riera agregó que con ello se siguen los tratamientos médicos indicados o señalados por la Junta Médica del INPE.
Eduardo Pachas, abogado de Pedro Castillo, dijo a este Diario que si bien han solicitado permiso para salir del penal por cuestiones médicas, estas no se concretaron. Por ello, rechazó el informe del INPE que da cuenta de dos salidas del penal.
“¿Que ha salido? No, nunca ha salido, eso es falso. No ha salido, desde el 7 de diciembre (del 2022) hasta el día de hoy no ha salido. Que hemos pedido que salga al médico para que le hagan exámenes, eso sí, pero hasta ahora no ha salido”, aseguró.
Roberto Su, abogado de Alejandro Toledo, no respondió.
¿Qué dice la norma?
Gilmar Andía, exviceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), explicó que los registros de salidas de los internos -en este caso del penal de Barbadillo- se hacen cuando se realiza la “externación”. Es decir, precisó, la norma indica que se debe registrar cuando el interno es llevado fuera del establecimiento penitenciario.
En esa línea, explicó que el penal de Barbadillo tiene una “peculiaridad”, no necesariamente por el régimen, sino por quiénes se encuentran recluidos. Y, probablemente, Alberto Fujimori, quien cumple condena; así como Alejandro Toledo y Pedro Castillo, que son procesados aún, tengan la misma clasificación.
Por ende, agregó, tengan acceso a las mismas actividades o beneficios que tienen otros internos en otros penales. Sin embargo, lo que varía en la práctica son los ambientes y el lugar donde se encuentran.
Explicó que, como todo penal bajo la administración del INPE, Barbadillo se rige por las normas del Código de Ejecución Penal y Reglamento de Ejecución Penal. Por tanto, “las salidas de los internos solo pueden darse en situaciones específicas”.
Si por ejemplo, dijo, fuera necesario que un interno sea trasladado al Poder Judicial o a alguna diligencia específica, esto se hace a solicitud de una autoridad judicial, previa validación de informes de seguridad y de las áreas del INPE; comenzando por el mismo director del establecimiento penitenciario y con conocimiento de la Junta Penitenciaria.
“En estos casos (salida para audiencias) ya no es necesario porque Alberto Fujimori es un condenado; y con Toledo y Castillo las audiencias y diligencias ahora son virtuales, por lo que este no sería el motivo”, expresó.
Sobre las salidas por razones de salud, indicó que si bien la norma penitenciaria refiere que el INPE debe proveer de un centro médico penitenciario, esto no siempre se da.
“Sin embargo, cuando un interno requiera una atención especializada, este puede requerir que esta sea de manera particular, cubriendo los gastos ellos mismos. Esto se entiende porque el INPE no tiene las capacidades para brindar las atenciones especializadas. Imaginemos a un interno con cáncer que necesite tratamientos, pasar por quimioterapia, internos con problemas renales que tengan que hacer diálisis, es común la salida de los internos por estas razones”, aseguró.
En esos casos, señaló, existe una junta médica previa que debe dar la viabilidad a la solicitud, para determinar si es correcto que estas personas salgan. Luego de ello, la norma obliga a que se establecen las medidas de seguridad pertinentes para el traslado del interno. Una vez culminada la atención especializada, ya sea hospitalización o un tema específico, debe retornar al establecimiento penitenciario.
Y, en situaciones de emergencia, siempre debe haber una opinión médica de por medio para que un interno salga del penal.
“Un caso que llama la atención es la salida de Alberto Fujimori a un centro dental. El INPE no cuenta con un centro de atención dental. Y podría ser que un dentista vaya a un establecimiento penitenciario bajo cuenta y gasto del mismo interno, pero no hay los equipamientos.”
Gilmar Andía, exviceministro de Justicia y Derechos Humanos
En el caso de Fujimori, señaló, al haber padecido de un cáncer bucal, es un interno con ciertas características; por lo que su salida a un centro de salud dental podría estar justificada.
Concluyó precisando que las salidas de los internos, en este caso de Barbadillo, son manejadas únicamente por el INPE. En primer término, por el director o encargado del centro penitenciario, luego por la Dirección Regional a la que pertenece el centro penitenciario y luego por la presidencia del INPE.
De otro lado, el abogado César Cárdenas Lizarbe, expresidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE, dijo a El Comercio que el establecimiento penitenciario de Barbadillo es un “penal común”. En su momento, por razones de seguridad, se tomó la decisión de albergar a internos con determinado perfil, como son expresidentes de la República. Y, de acuerdo a información brindada por el INPE, los exmandatarios Fujimori Fujimori, Toledo Manrique y Castillo Terrones se encuentran bajo la condición del régimen cerrado ordinario.
Además, afirmó que en teoría estos no tienen un estándar diferenciado distinto; sino que las reglas que se aplican tanto para el control, la seguridad, la intervención de la autoridades penitenciaria; así como los derechos y obligaciones de las personas allí recluidas, son la que establece el Código de Ejecución Penal; y no por la condición de expresidentes que ostentan.
“El caso del Penal de Barbadillo es uno de los pocos penales que cuenta con médicos y enfermeras las 24 horas, a diferencia de otros que tienen servicios de atención de enfermería, pero no siempre hay médicos”, señaló Cárdenas Lizarbe.
Por tanto, explicó que las salidas fuera del penal tienen reglas muy precisas ¿En qué momento se sale? Señaló que solo cuando hay una diligencias judicial, la salida se realiza únicamente con autorización judicial.
Y para las salidas por temas de salud, según el Código de Ejecución Penal y normas del INPE, primero debe haber una evaluación interna en el penal sobre las razones por las que el interno saldrá fuera.
“Por ejemplo, si la persona no se puede atender en el establecimiento penitenciario, el servicio no se puede trasladar al establecimiento penitenciario, porque necesita procedimiento médicos que no se pueden practicar en el penal, etc; pero todo debe pasar por una junta médica”, indicó.
Luego, una vez se autoriza la salida, la junta médica deberá establecer si será a un establecimiento de salud público, privado o especializado.
“Se prepara para ver los niveles de riesgos del traslado, hasta cuándo, si es que se necesita el apoyo policial, el número de efectivos que se necesitará. Hay todo un plan de seguridad que se arma cuando un interno sale del centro penitenciario”, advirtió el abogado.
Existen casos, dijo, que las salidas por consultas médicas están programadas y estas ya se encuentran calendarizadas por los asistentes sociales de cada penal.
Respecto a las facilidades de salir que tienen los expresidentes recluidos en Barbadillo frente a internos de otros penales, sostuvo que se presentan los mismos problemas que enfrenta un persona común en libertad.
“Puede requerir atención, pero lo cierto es que no puede salir porque el hospital no le da el cupo, no le da la vacante, lo reprograma y eso explica un poco las demoras. Lamentablemente, ocurre así. Y con los que sí tienen las posibilidades, tienen acceso a un seguro particular o pagar sus propias prestaciones, como ocurre con quienes están en libertad, tienen mayores facilidades de poderse atender.”
César Cárdenas Lizarbe, abogado especialista en temas penitenciarios
Sin embargo, el especialista en temas penitenciarios precisó que todas las atenciones, tengan o no posibilidades de ser solventadas, “tienen que estar debidamente justificadas y no por cualquier dolor se puede salir a una atención”.
Otros escenarios para que un interno pueda salir serían: una enfermedad grave de un pariente cercano, el velorio de un familiar o el nacimiento de su hijo. Todo previa evaluación del control de seguridad, del comportamiento que ha tenido el interno y si la conducta no revela que pueda ser peligroso autorizar la salida.