El juez Richard Concepción Carhuancho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, escuchó el último lunes en audiencia los argumentos del Ministerio Público para que se inaplique la nueva ley sobre crimen organizado en el caso conocido como ‘Los Waykis en la sombra’. Por ese caso, la fiscalía pide 36 meses de prisión preventiva para Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta Dina Boluarte; y otros.
El magistrado evalúa el pedido del fiscal Carlos Ordaya López, del Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder (Efficop), de que realice un control difuso a la citada norma, que fue promulgada por el actual Congreso.
El control difuso es la potestad que tienen los jueces para inaplicar una ley cuando concluyen que es incompatible con la Constitución.
Concepción Carhuancho precisó que en los próximos días escuchará a los abogados de los investigados. Estos cuentan con el derecho a contradecir los argumentos del Ministerio Público.
"La norma transgrede la Constitución"
En la audiencia, el fiscal Ordaya advirtió que la nueva ley sobre crimen organizado tiene vicios de forma y de fondo que ocasionan su inconstitucionalidad. Por ello, pidió que se inaplique en el caso de ‘Los Waykis en la Sombra’.
“La norma transgrede flagrantemente las convenciones internacionales y la misma Constitución. [...] Si nosotros vamos a aplicar esta ley, en este hecho en concreto, nos llevaría a una impunidad y se afectaría el derecho a la tranquilidad pública”, dijo.
El fiscal se refirió a la Convención de Palermo, la Convención de Viena y los artículos 38, 44 y 55 de la Constitución Política. Esos artículos se refieren al deber de proteger los intereses nacionales, proteger a la población ante las amenazas contra su seguridad y respetar los tratados celebrados por el Estado.
La ley en cuestión establece que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
También señala que la fiscalía no podrá solicitar al Poder Judicial el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias relacionadas con bienes y activos de partidos políticos. Además, obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
El fiscal argumentó ante el juez que la ley fue aprobada en segunda y definitiva votación por la Comisión Permanente del Congreso “sin respetar el debido proceso parlamentario”.
“La Comisión Permanente habría violado su propio reglamento. [...] No se respetó el debido proceso parlamentario y se promulgó una norma que no ha sido debatida en su dictamen”, dijo.
El factor Cerrón
El fiscal puntualizó que después de la promulgación de la norma se han presentado requerimientos de sobreseimiento e improcedencias de acción. “[Esa] ha sido la finalidad que buscaba un sector del Parlamento que no tiene ni siquiera una aprobación del 5% a nivel nacional, de un Congreso que lamentablemente no tiene legitimidad. ¿Quiénes aprobaron ese proyecto? [...] 12 congresistas que han sido cuestionados por estar vinculados a diferentes organizaciones criminales”, señaló en referencia a la votación en la Comisión Permanente.
El fiscal señaló que un sector del Congreso está interesado en que “todos los casos por investigaciones contra organizaciones criminales se quiebren o se vayan abajo”. Se refirió, en concreto, a los congresistas de Perú Libre, cuyo líder, Vladimir Cerrón, se encuentra prófugo de la justicia.
Recientemente, Vladimir Cerrón y su hermano, el congresista Waldemar Cerrón, solicitaron al Poder Judicial que archive el presunto delito de organización criminal por el que se les investiga, en aplicación de la norma en cuestión.
El fiscal señaló que “la norma tiene una connotación peculiar porque ha sido redactada y elaborada para un sector que está siendo investigado por delitos graves. [...] Aquí la norma ya está vigente. Sus efectos podrían conllevar a una amenaza, a una impunidad de ciertos delitos.
Además, negó que la fiscalía esté politizada. “Nosotros cumplimos una función, que es investigar. No tenemos tintes políticos, afinidades”, dijo.
El fiscal añadió que en el caso de Nicanor Boluarte, “hay un hecho claro”, la utilización de recursos del Estado para formar un partido político. [...] esta norma va en contra de la lucha contra la criminalidad organizada, contra las funciones del Ministerio Público [...] conllevaría a consecuencias de impunidad, contraviene los artículos 38, 44 y 55 de la Constitución Política.
El abogado Luis Chanján Ghio, defensor legal de la investigada Griselda Herrera en el Caso ‘Los Waykis en la Sombra, planteó recientemente una cuestión previa. Con esta solicitó la adecuación de la solicitud de prisión preventiva de la fiscalía pues “se basa en una norma derogada”, justamente a propósito de la modificación realizada por el Congreso.
Chanján ha explicado que con su pedido busca que se ajuste el requerimiento fiscal a las nuevas disposiciones legales emitidas y se resuelva si la conducta que se le atribuye a su patrocinada calza con la nueva tipicidad establecida.
El juez Concepción señaló el lunes que la cuestión previa será evaluada este miércoles. Agregó que se trata de “un incidente aparte, distinto a la prisión preventiva”.
“En la cuestión previa voy a escuchar a las partes y ver, de acuerdo a la complejidad, si decido en esa audiencia o me tomo unos días”, precisó.
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