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JNE declara como “inejecutable” el fallo del Poder Judicial a favor de que Unidad Popular participe en elecciones del 2026

La resolución señala que el cronograma electoral ya está en curso para los comicios generales.
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Duberlí Rodríguez lidera el partido Unidad Popular, el cual logró su inscripción pero fuera del plazo. (Foto: Andina)

Redacción EC

2/8/2025 10H29 - ACTUALIZADO A 2/8/2025 10H31

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró como inejecutable el fallo del Poder Judicial que le ordenó convalidar la inscripción del partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez, para que pueda participar en las elecciones generales del 2026.

La resolución emitida por el pleno del JNE declara inejecutable el mandato de actuación inmediata dispuesto por la sentencia del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima del 31 de julio.

LEE TAMBIÉN: Elecciones 2026: Los argumentos del PJ para ordenar la inscripción del partido de Duberlí Rodríguez y el impacto de esa decisión

Dicho fallo ordenaba al JNE que reconozca la inscripción de Unidad Popular en una fecha que le permita participar en las elecciones generales del 2026.

Según el juez John Paredes Salas, se debía reconocer como fecha de inscripción el 7 de abril del 2025. Actualmente, se reconoce la inscripción del partido de Rodríguez para junio del 2025, fuera del plazo para participar en las elecciones del próximo año.

Ante esto, el JNE advirtió que se encuentra imposibilitado de ejecutar la resolución judicial porque implicaría ordenar al Registro de Organizaciones Políticas (ROP) que extienda la inscripción de Unidad Popular con una fecha anterior.

Esto “pone en riesgo el desarrollo del proceso electoral en igualdad de condiciones”, según el jurado, entre otras consideraciones.

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