El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el número mínimo de firmas que se necesitan para inscribir nuevos partidos políticos y movimientos regionales luego de los cambios aprobados por el Congreso y promulgados en enero de este año.
Los cambios fueron detallados en la resolución 0051-2024-JNE publicados este miércoles en el boletín de normas legales de El Peruano donde se implementan los parámetros establecidos por la ley N°31981.
Esta legislación, además de eliminar las elecciones primarias abiertas y obligatorias (PASO), también estableció nuevos requisitos para la inscripción de agrupaciones políticas.
El JNE procedió a fijar en 531.412 la cantidad de firmas necesarias para inscribir nuevos partidos políticos, lo que equivale al 3% del total de ciudadanos que votaron en las elecciones generales del 2021.
A nivel de movimientos regionales, los cambios establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas (Ley 28094) se establece que se necesitan 5% de electores que sufragaron en cada jurisdicción en los comicios más recientes, en este caso las del 2021.
La resolución detalla el número de firmas necesarias por cada región, según la proporcionalidad establecida en el literal ‘h’ del artículo 17 de la ley de organizaciones políticas.
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