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/ Corroboración de hechosVerifica una declaración o grupo de declaraciones específicas dadas como un hecho, estableciendo un veredicto en torno a si dichas declaraciones son correctas o no.

PerúCheck: ¿El TC declaró inocente a Daniel Urresti? Es falsa la implicación del candidato José Luna

El fallo del TC no absuelve ni declara inocente a Urresti: se limita a determinar que la acción penal prescribió y que la condena vulneró el principio de legalidad penal.
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PerúCheck analiza las declaraciones de José Luna Gálvez sobre Daniel Urresti

Perú Check

2/3/2026 09H0 - ACTUALIZADO A 2/3/2026 09H1

El 24 de noviembre de 1988, el periodista Hugo Bustíos y su colega Eduardo Yeny Rojas se encontraban a bordo de una motocicleta en Huanta, cuando fueron emboscados por al menos 4 militares, quienes les dispararon. Rojas logró escapar herido, pero Bustíos fue rematado mediante un aparato explosivo.

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Daniel Urresti fue sentenciado el 12 de abril de 2023 a 12 años de prisión por el delito de asesinato de Bustíos con el agravante de alevosía. Sin embargo, recientemente el Tribunal Constitucional (TC) anuló esta sentencia bajo el supuesto de prescripción y de violación del principio de legalidad penal.

Ante esto, José Luna, candidato presidencial por el partido Podemos, afirmó en sus redes sociales lo siguiente: “¡Siempre confiamos en tu inocencia, Daniel! La verdad se abrió paso y se hizo justicia”. Sin embargo, esta implicación es falsa. El TC nunca declaró inocente a Daniel Urresti; lo que hizo es deliberar que el crimen que se le imputa ya prescribió.

Defensa Legal de Urresti niega que la inocencia haya sido objeto de discusión

Miguel Ángel Soria, abogado de Daniel Urresti, explicó a PerúCheck que el pedido de la defensa ante el Tribunal Constitucional no fue para que se lo declare inocente, pues no está en las atribuciones de dicho órgano:

“Eso no compete al Tribunal Constitucional”, remarcó. “Ningún juez constitucional tiene la competencia para pronunciarse respecto de la responsabilidad penal de ninguna persona”, agregó el legista.

Soria también explicó que esta competencia sólo corresponde a los jueces penales cuando juzgan a una persona por la comisión de un delito. Asimismo, el abogado hizo énfasis en que incluso estos jueces “nunca van a declarar que una persona sea inocente; solamente declaran su responsabilidad penal o absolución por falta de pruebas”.

Por último, agregó que dada la anulación de la sentencia a Daniel Urresti, no se le puede considerar penalmente responsable de la comisión de los delitos:

“Jurídicamente, en tanto ya no existe ninguna sentencia condenatoria contra el general Urresti, no hay posibilidad de considerar que él es una persona responsable de la comisión de los delitos contra Hugo Bustíos […] O sea, no se le puede llamar asesino”. Miguel Ángel Soria sobre su cliente, Daniel Urresti.

Presidenta del Tribunal Constitucional niega que el órgano se haya pronunciado sobre inocencia de Urresti

Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional, descartó en Canal N que el ente haya determinado la inocencia de Urresti.

“Nosotros no nos hemos pronunciado por el tema de la [...] inocencia o culpabilidad. No lo hacemos, pero decimos que la decisión, lo que hizo la Sala Suprema, no fue correcto, eso es lo que nos corresponde”. Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional.

¿Qué decidió la sala?

Por el asesinato de Hugo Bustíos han sido condenados dos militares: Víctor Fernando La Vera Hernández y Amador Vidal Sanbento. Es decir, el crimen sí existió y sí se ha determinado que quienes lo cometieron fueron miembros del Ejército.

A Urresti se le condenó en 2023 porque, presuntamente, fue quien colocó el artefacto explosivo –una granada, según versiones– sobre Bustíos cuando el periodista agonizaba en el piso.

Ninguno de estos hechos ha sido rebatido por el Tribunal Constitucional. Lo que se ha determinado es que el delito prescribió y que la condena, según estándares legales, vulnera el principio de legalidad. Es decir, que no se debió juzgar a Urresti por el caso.

¿En qué justifica su fallo el TC?

El 10 de noviembre de 2001, el Perú ratificó el Estatuto de Roma, que, entre varios aspectos, determina que los crímenes de lesa humanidad no prescriben en el país. El Estatuto entró en vigencia a partir del 1 de julio de 2002.

El asesinato es considerado de lesa humanidad, según el Estatuto, cuando “se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”.

Fallo del TC sobre Daniel Urresti

Fuente: Fallo del TC

El TC ha deliberado que no pueden considerarse los delitos atribuidos a Daniel Urresti como de lesa humanidad porque fueron cometidos en 1988, antes de que entrara en vigencia el acuerdo.

“Sólo se puede juzgar y condenar por los crímenes que se hubiesen cometido con posterioridad a la entrada en vigor del estatuto. Por ello, los delitos imputados al actor cometidos antes de la vigencia del citado estatuto no pueden ser calificados como delitos de lesa humanidad”, señala el órgano en la sentencia.

Por lo tanto, el TC considera que los hechos deben vencer según lo que determinaba la ley vigente en 1988 o aquella posterior que lo beneficie más (principio de retroactividad benigna). Haciendo el análisis, el colegiado señala que debieron vencer en 2008. Asimismo, añade que en caso Urresti hubiese sido parte de un proceso fiscal o judicial, debieron estar vigentes como máximo hasta 2018.

“Por ello, el plazo de prescripción debe computarse desde que ocurrieron los hechos imputados, esto es, desde el 24 de noviembre de 1988”, señala el ente, para luego añadir: “en consecuencia, el plazo de 20 años se extiende hasta el 24 de noviembre de 2008. Y, si en dicho momento, el recurrente hubiera estado sujeto a una investigación o juzgamiento, con la aplicación del plazo extraordinario, la posibilidad de procesarlo y sancionarlo habría estado vigente hasta el 24 de noviembre de 2018”.

Sentencia del TC a favor de Daniel Urresti.

Fuente: Fallo del TC

“Me gustaría que también prescribiera el dolor”: declaraciones de la hija de Bustíos

En entrevista con Epicentro Tv, Sharmeli Bustíos, hija del periodista asesinado, también se pronunció respecto de lo implicado por José Luna:

“Hay que romper un poco […] eliminar esa narrativa de que Urresti es inocente. No, señores, Urresti no es inocente. Al Tribunal Constitucional no le compete determinar si es inocente o es culpable. Simplemente, ellos han hecho un pronunciamiento sobre una prescripción”.

Sharmeli Bustíos, hija de Hugo Bustíos

Después, la hija de Bustíos cuestionó que la sentencia que liberó a Urresti sea sobre temas de forma y no de fondo:

“A veces se pierde esto en que si prescribió o no prescribió […] Me gustaría que con esa misma facilidad que ellos deciden que prescribió y no prescribió, también prescribiera el dolor […] A veces veo esa indolencia legal, que se pierden en esos argumentos legales”.

Sharmeli Bustíos, hija de Hugo Bustíos

PerúCheck pidió los descargos de José Luna referidos a su implicación de que Urresti fue declarado inocente por el Tribunal Constitucional. Al cierre de esta nota no hubo respuesta.

Conclusión

La inocencia de Daniel Urresti no ha sido objeto de deliberación o pronunciamiento en el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) que lo absolvió del delito del asesinato del periodista Hugo Bustíos. Así lo señalaron a este medio la defensa de Urresti, la presidenta del TC y la propia hija de Bustíos. Por lo tanto, PerúCheck califica la implicación de José Luna como falsa.

***Nota: El Consejo de la Prensa Peruana –organización a la que pertenece PerúCheck– ha condenado durante años el asesinato del periodista Hugo Bustíos. En diversas oportunidades celebró que con la condena de Daniel Urresti se cerrara un ciclo de 35 años sin justicia por el crimen. El contenido de PerúCheck no responde a las posiciones ni actividades del Consejo de la Prensa Peruana.

Este artículo fue elaborado por PerúCheck, una alianza de medios liderada por el Consejo de la Prensa Peruana que busca combatir la desinformación. Para ver la nota original haz clic aquí.

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