El Tercer Juzgado Unipersonal del Cusco declaró consentida la prescripción del proceso contra el presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto (Alianza para el Progreso), por el presunto delito de estafa.
El fallo finalmente se logró tras la aprobación de una ley en el Parlamento que recortó plazos para la prescripción de ciertos delitos. La prescripción había sido aprobada por esa instancia del Poder Judicial el pasado 24 de julio.
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En su resolución, la jueza Yeny Olivares Tapia señaló que pese al tiempo transcurrido, las partes no han cumplido con impugnar el auto de sobreseimiento por prescripción de la acción penal, dentro del plazo establecido por el artículo 414, inciso 1 letra c) del Código Procesal Penal.
Como se recuerda, Soto Reyes se acogió y benefició de la norma que fue aprobada por el pleno del Congreso que ingresa limitaciones a los plazos para contabilizar la prescripción de diversos delitos.
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Con esto, y a pocos días de la elección que le permitió ser electo como nuevo presidente del Congreso, el Poder Judicial declaró prescrito el juicio que se había reabierto en su contra por el delito de estafa contra la empresa Waynapicchu S.A. en el Cusco.
Con la ley anterior, el delito imputado en dos hechos a Alejandro Soto debía prescribir en octubre de 2027, pero basándose en la nueva ley, el juez determinó que el caso prescribió en octubre de 2022, es decir cinco años antes.
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Cabe indicar que dicha compañía formalizó ante el Poder Judicial (PJ) una demanda contra Alejandro Soto y otras cinco personas beneficiadas con el archivo de su proceso penal por estafa al pedir la aplicación de la Ley N°31751 (Ley de prescripción).
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