En forma unánime, se aprobó el reglamento y el plan de trabajo de la comisión investigadora multipartidaria encargada de estudiar las responsabilidades que correspondan en el atentado ocurrido en la localidad de Vizcatán del Ene, en la provincia de Satipo (Junín), el pasado 23 de mayo, en el que perecieron acribilladas 16 personas.
El grupo de trabajo está presidido por la congresista Silvana Robles Araujo (Perú Libre), quien está acompañada de los legisladores Héctor Valer Pinto (Somos Perú), como vicepresidente; y de Ruth Luque Ibarra (Juntos por el Perú), como secretaria.
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De acuerdo con el reglamento aprobado, la comisión tiene entre sus funciones acordar remitir el informe final a las entidades e instituciones de los hechos investigados y responsabilidades, conforme a las facultades competenciales que deba ejercer.
El plan de trabajo aprobado comprende entre sus objetivos esclarecer los hechos del atentado en Vizcatán del Ene y las responsabilidades que correspondan.
El ámbito temporal del plan de trabajo es de 120 días hábiles, otorgado por el Pleno. También se aprobó que se reunirán los miércoles a las 10:00 horas.
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La formación del grupo de trabajo tiene su antecedente en la aprobación de una moción en el Pleno del Congreso el pasado 12 de agosto, la misma que fue presentada por el congresista Alex Flores Ramírez (Perú Libre).
En el documento se refiere a los hechos ocurridos el 23 de mayo, en el que al menos cinco desconocidos dispararon y mataron a quemarropa a 16 personas que estaban en los bares ubicados en las orillas del río Chimpinchariato.
Sobre el particular, existen las versiones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Comisión especial multipartidaria a favor de los valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem).
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La primera sindica a Sendero Luminoso y sus huestes como autores de la masacre; y la segunda refiere en su oficio, presentado el 14 de julio pasado, que hay dudas sobre los hechos, y que se requiere investigación, además del Ministerio Público, del propio Congreso de la República.
De acuerdo con las facultades de una comisión investigadora, todas las personas convocadas están obligadas a concurrir, de forma similar a los apremios en el procedimiento judicial.
Asimismo, la comisión investigadora puede acceder a cualquier información, incluida la del levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria, excepto la información que afecta la intimidad personal.
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