El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 excluyó de la lista de candidatos al Congreso por Lima Metropolitana de Somos Perú al expresidente Martín Vizcarra, por no consignar información en su hoja de vida. Esta decisión puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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El JEE se pronunció tras el pedido de exclusión que presentó la excongresista de Fuerza Popular Yeni Vilcatoma, y aunque rechazó la mayoría de sus objeciones por supuestas incongruencias entre sus declaraciones juradas, sí le dio la razón en el extremo de las acciones de la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A.. Al respecto, advirtió que consignó ante otra entidad del Estado tener el 30% de participación en dicha compañía.
“En principio, de la revisión de los anexos (...) se verifica de manera palmaria que efectivamente el candidato Martin Alberto Vizcarra Cornejo consignó en el “Formato de Declaración Jurada de Intereses” presentada el 18 de noviembre de 2020, en el Rubro denominado “Información de empresas, sociedades u otras entidades en las que posea alguna clase de participación patrimonial o similar, constituidas en el país o en el exterior”, tener el 30% de participación en la empresa Agrotécnica Estuquiña SA; habiendo consignado en el Rubro “Período” que posee las mismas desde el 12 de mayo de 1998, hasta la fecha”, reseñó.
En primer lugar, el JEE Lima Centro 2 consideró que el 18 de noviembre del 2020, en su declaración jurada de intereses, Vizcarra Cornejo declaró tener el 30% de participación en esta empresa y que, en el rubro de periodo, indicó que tiene estas acciones desde mayo de 1998 hasta la fecha.
El área de fiscalización, al verificar esta información, halló que la empresa Agrotécnica Estuquiña S.A. había sido dada de baja de oficio desde el 2007, pero también se detectó que el 1 de junio del 2015 se realizó un acto en el que la junta de accionistas de esta empresa le otorgó poderes a Martín Vizcarra y dos de sus hermanos.
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Esta información, según se lee en el documento, no fue consignada en la declaración jurada ni en los documentos subsanatorios que envió Somos Perú.
“Esto, y la acción en Registros Públicos del 2015, persuade a este colegiado a concluir que (Martín Vizcarra) sí posee acciones el candidato, las mismas que no ha declarado”, concluyó el JEE.
Esta exclusión será notificada al personero legal del partido Somos Perú, y podrá ser apelada en segunda y última instancia ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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