Congresistas, gobiernos de América Latina, exministros, entre otras personas afines a Pedro Castillo han salido en su defensa luego de que decidió dar un golpe de Estado el pasado 7 de diciembre. El objetivo de estas declaraciones ha sido instalar discursos falsos e imprecisos respecto a la sucesión constitucional, la emisión del anuncio que dio Castillo y que apuntó al quiebre democrático del país, el intento de asilo en México, entre otros temas.
El mismo expresidente ha recurrido a este tipo de mensajes señalando, por ejemplo, que la presidenta Dina Boluarte está usurpando el poder Ejecutivo. Una afirmación que no se ajusta a la verdad ni a la sucesión de hechos.
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Castillo dio un golpe de Estado y la vacancia fue legal
Vladimir Cerrón, secretario general del partido político Perú Libre; el congresista Jaime Quito (Perú Libre), la congresista Katy Ugarte (Bloque Magisterial) y el congresista Guido Bellido (no agrupado) han emitido declaraciones en las que afirman que el expresidente Castillo dejó la Presidencia tras un “golpe de Estado” en su contra, que se habría instalado una dictadura, que la vacancia fue ilegal y que Castillo no quebró el orden constitucional.
Los constitucionalistas Erick Urbina y Milagros Revilla han desbaratado estas afirmaciones, calificadas como falsas o imprecisas.
“[…] la extrema derecha ha consumado un golpe de Estado en el país”.
Los constitucionalistas Urbina y Revilla indicaron a El Comercio que esta declaración es falsa. “En el país quien dio un golpe de Estado, sin éxito, fue el expresidente Castillo, quien pretendió disolver el Parlamento e intervenir los organismos constitucionales autónomos de manera inconstitucional y violando el principio de separación de poderes”, dijo Urbina. Revilla agregó que la destitución de Pedro Castillo se dio según el orden constitucional que prevé la vacancia de un presidente.
“Que la población entienda que aquí se está dando una dictadura y eso es lo que menos se quiere”.
Urbina y Revilla precisaron que esta declaración es falsa. “En el Perú se quiso imponer una dictadura con el golpe de Estado que dio sin éxito el expresidente, pero se restableció el orden democrático gracias al rápido actuar de las instituciones”, dijo Urbina. Revilla comentó que “la secuencia de los actos fue conforme a la Constitución cuando estamos ante una vacancia. No hay ninguna dictadura porque estamos siguiendo el orden que la misma Constitución ha previsto”.
“No ha firmado ningún documento que haya golpeado al país. Solo fue un decir [lo que hizo Castillo]”.
Urbina y Revilla comentaron que esta declaración es imprecisa. “El expresidente dio un mensaje a la Nación dando un golpe de Estado y realizó gestiones para consumar su acto. Para darlo no se necesita firmar un documento. Las declaraciones del jefe de estado configuran la voluntad del gobernante”, indicó Urbina. Revilla coincidió en este análisis. “El señor Castillo hizo uso de sus facultades al dirigirse a la Nación como el alto dignatario que era. Los alcances de su proceder a todas luces iban contra la Constitución de manera flagrante. No era necesario un acto formal que el mismo derecho no lo prevé”, detalló Revilla.
“La investidura del presidente Pedro Castillo fue arrebatada por un Congreso que ilegalmente votó por su vacancia sin seguir el procedimiento de ley. Poder Judicial debe restituirlo en su cargo de presidente de la República. Lucharemos hasta la victoria contra el golpismo ilegal”.
Urbina y Revilla coincidieron en que esta declaración es falsa. “El expresidente Castillo incurrió en una infracción constitucional que llevó al Parlamento a declarar su vacancia en el marco de lo establecido por la Constitución y el Reglamento del Congreso”, reiteró Urbina. Mientras que Revilla coincidió en que el exjefe de Estado infringió la Constitución al declarar la disolución del Congreso por supuestos que no estaban previstos. Por tanto, que no hubo ninguna ilegalidad. Finalmente, dijo que “no es posible que el Poder Judicial ‘reponga’ a Castillo” en la Presidencia.
Sucesión constitucional
“[…] Desde que asumió de manera inconstitucional Dina Boluarte gracias a un grupo vacador y golpista que no mide sus actos y por el contrario están pidiendo que maten a más hermanos”.
Ambas posiciones no se ajustan a la verdad, pues en el Perú hubo una sucesión constitucional. El pasado 7 de diciembre, día en que Pedro Castillo anunció medidas para el golpe de Estado, el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales Saravia, expresó en un comunicado que “de acuerdo con el artículo 43 de la Constitución, el Estado peruano se suscribe al modelo democrático representativo y se organiza bajo el principio de separación de poderes. La situación política que estamos afrontando ha sido resuelta por la reciente decisión de activar la sucesión presidencial luego de haberse declarado la vacancia del expresidente Pedro Castillo”.
Asimismo, la Cancillería aclaró que la decisión tomada por Castillo fue un golpe de Estado y esto motivó su vacancia de la Presidencia respetando lo que establece la Constitución. “De acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución, la vicepresidenta Dina Boluarte asumió la Presidencia de la República”, comunicaron.
Plena consciencia
“El presidente no recuerda. […] el presidente con sus propias palabras dice que no se acuerda, él dice que no se acuerda. [¿Por qué leyó ese comunicado?] eso es lo que no recuerda. El presidente dice que no se acuerda”.
Esta declaración es falsa. El abogado Miguel Pérez Arroyo, quien fue representante legal del expresidente, dijo a Canal N que el ex jefe de Estado “claro que sí [recuerda] me ha dicho lo que ha pasado y eso es lo que ha hecho, hay una lectura de la realidad política que también se dirá en el momento en que tenga que decirse, nos vamos a reservar ese espacio para cuando sea oportuno. El mensaje [que dio Castillo] es claro, no es una persona que sea inimputable, no es alguien que no entienda lo que estaba leyendo”.
Además, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en la denuncia constitucional que presentó en contra de Pedro Castillo, indica que el expresidente “tuvo plena conciencia de la ilicitud de su decisión” luego de recoger el testimonio del exministro Alejandro Salas. Una vez hecho ocurrido el quiebre constitucional, Salas se acercó a Castillo para increparle que estas intervenciones constituían delitos. Ante ello, el expresidente respondió que “no tenía votos” para evitar que proceda la tercera moción de vacancia.
Intención de asilarse
“Se manipula al decir que porque declaró el canciller [de México] que si Pedro Castillo pedía asilo se le iba a dar, como si fuese un hecho real que Pedro Castillo hubiese pedido asilo y eso no es cierto”.
Esta declaración es falsa. Marcelo Ebrard, canciller de México, informó que tras la entrevista que tuvo el embajador de México en Perú, Pablo Monroy, con Pedro Castillo en la sede de la DINOES, el expresidente la ratificó su solicitud de asilo. Este pedido había sido enviado durante la madrugada del 8 de diciembre mediante su abogado Víctor Gilbert Pérez Liendo.
También se sabe que, según información que pudo conocer El Comercio, el expresidente pretendió acudir a la Embajada de México, ubicada en San Isidro, luego de emitir su mensaje a la Nación. Sin embargo, fue detenido en el trayecto.
Debido proceso
“La crisis en el Perú, el apresamiento, sin juez y sin defensa, de un presidente elegido popularmente ha puesto en serio cuestionamiento el papel de la Convención Americana en el ordenamiento jurídico Latinoamericano”.
El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado comentó a El Comercio que esta declaración es falsa. “El expresidente Castillo estuvo en todo momento acompañado por su defensor, quien era Aníbal Torres. En ningún momento Castillo y durante el proceso de detención estuvo aislado o incomunicado. Esa defensa fue Aníbal Torres, quien acompaña a Castillo cuando fue detenido, en las oficinas de seguridad del Estado, revisó los documentos de detención dándole asesoría jurídica. Castillo estuvo en comunicación permanente con su abogado, recibiendo asesoría, no estuvo en condición de desaparecido. Se respetó su dignidad como persona humana. Fue una detención que respetó el acceso del abogado defensor”, dijo.
El penalista del Estudio Linares, Roberto Noriega, también coincidió en que se trata de una afirmación falsa. “El auto judicial para dilucidar si correspondía o no la detención preliminar del expresidente, ha sido emitida por un juez supremo. Hubo una audiencia en la que la fiscalía, que plantea el requerimiento, sustenta su postura y luego se le ha corrido traslado a la defensa técnica de Castillo, que también sustentó su postura. Una vez eso, el juez a cargo ha determinado la legalidad de la detención preliminar”, dijo.
“La resolución de detención preliminar que se ha hecho al presidente Pedro Castillo no está debidamente motivada por lo tanto es arbitraria e ilegal”.
El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado comentó que esta declaración es imprecisa. “No es cierto que la resolución del juez no esté motivada, sí lo estaba. Como también la resolución que rechaza la apelación interpuesta por la defensa de Pedro Castillo, donde el juez ponente fue César San Martín. Sí estaba debidamente motivada. San Martín ha dicho que hay por lo menos tentativa para rebelión y conspiración, y en ese sentido que la detención no fue ilegal. Eso desde la perspectiva de la Corte Suprema”, mencionó en diálogo con El Comercio.
El penalista del Estudio Linares, Roberto Noriega, agregó que “el auto, en el supuesto negado de que haya adolecido de una indebida o ausente motivación, ha sido materia de apelación y ratificada la decisión por la Sala Suprema. No es que fue un solo juez, sino uno de primera instancia y luego la suprema confirmó en segunda instancia. Cómo es posible decir que hay ilegalidad en el contenido de la resolución judicial. La decisión para la detención preliminar ha sido desarrollada dentro de los cánones legales correspondientes. Ha estado estrictamente dentro del marco legal, ha sido ante un juez competente. La actividad procesal se está desarrollando dentro de los márgenes que establecen las normas”.