El juez Malzon Urbina, con un desconocimiento de la organización del Ministerio del Interior y de la Policía, virtualmente me hace responsable del diseño del operativo, indicó el ministro del Interior, Wilfredo Pedraza, en respuesta a imputaciones de dicho magistrado.

Cuando un juez no tiene idea de lo que es una imputación de carácter penal, cuando no tiene idea de lo que supone un hábeas corpus, pasa lo que está pasando, continuó.

En el fondo de su demanda de hábeas corpus, el juez dice que el operativo estuvo mal implementado. Ese no es un tema que compete a un juez resolver vía hábeas corpus. Ese tema lo investiga el Fuero Militar Policial. Es competencia del juez privativo de la justicia militar policial, argumentó en diálogo con el programa de TV No culpes a la noche.

Es un absurdo que al ministro se le impute responsabilidad del diseño inadecuado de un operativo. Puedo asumir la responsabilidad política, pero esto es una barbaridad”, sostuvo Pedraza.

Asimismo, titular del Interior reafirmó que él ni la alcaldesa Susana Villarán sabían de la ejecución del operativo policial en La Parada el pasado octubre.

“No conocía el operativo, me informé por los medios. No fui informado del tema. ¿Quién lo decidió? Lo decidió un par de coroneles, no mencionaré nombres para no perjudicarlos. Ni a la alcaldesa ni a mí nos corresponde saber de un operativo. Ocurrió y hoy hay un proceso por la comisión de delitos policiales en el Fuero Militar Policial”, recalcó.

INTERPRETACIÓN DEL SENTIDO DE LA DONACIÓN Pedraza, en segunda instancia, explicó que Urbina cometió un error al interpretar el sentido de la donación de terreno de La Parada.

“El juez vincula su hábeas corpus a la interpretación del sentido de la donación. Ese es un tema que se podría resolver en modo extendido en un amparo. Pero respecto a la controversia de qué dice o no un contrato, es materia de un litigio de otra naturaleza”, indicó el titular de Defensa.

“Un juez no es Dios, habla de lo que dice la ley. La dimensión de un contrato, corresponde a un juez de carácter civil. Este es un juez de garantía, que tiene que ver con libertad individual. La interpretación del contrato, si el mercado es un parque o no, es un tema de otra discusión”, sostuvo. “Los jueces tienen competencias y hay que respetarlas”, agregó.

Finalmente, sobre la derogación de la ordenanza municipal para impedir el tránsito en la zona de este mercado, Pedraza indicó que el juez “no puede anular una ley o decisión municipal, solo la puede inaplicar, no anular”. “Solo el Tribunal Constituncional peude hacerlo”, dijo Pedraza.

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