En un mensaje enviado a finales del 2020, la ahora candidata presidencial Keiko Fujimori criticó al fiscal José Domingo Pérez por supuestamente demorar la investigación en su contra por lavado de activos y crimen organizado. “Una vez más el fiscal dilata la investigación y vuelve a incumplir su palabra de pasar a la etapa de acusación”, escribió en Twitter. Tres meses después, el representante del Ministerio Público concluyó la pesquisa, la acusó y pidió 30 años de cárcel para ella.
La lideresa de Fuerza Popular (FP) no mencionó que durante todo el proceso su defensa y la de los coinvestigados en este caso –entre ellos su esposo Mark Vito Vilanella y otros– han presentado en total 14 recusaciones contra los jueces, así como seis recursos de tutela de derechos, según pudo confirmar El Comercio mediante el expediente judicial. Si Fujimori gana la presidencia, la investigación contra ella quedará suspendida durante su mandato, según el artículo 117 de la Constitución.
Las recusaciones son presentadas para apartar a un juez de un caso al considerar que no es imparcial. Mientras un magistrado tiene este pedido sin resolver, no puede avanzar con otras diligencias, a excepción de que sea un requerimiento urgente (como ocurrió hace unos días con un pedido de comparecencia restringida contra José Chlimper). Una tutela de derechos es un recurso que puede usar el imputado cuando ve afectado –su nombre lo dice– sus derechos. Para que un juez se pronuncie, debe convocar a audiencia y escuchar a los solicitantes.
Contra los magistrados
El 31 de octubre del 2018, el juez Richard Concepción Carhuancho dictó la primera orden de prisión preventiva contra Keiko Fujimori. Poco antes de esa decisión, ocurrió la primera recusación. La exlegisladora presentó este recurso contra el magistrado, quien también había ordenado su detención preliminar por diez días, por haber “adelantado opinión”. Junto a este pedido, se sumaron los presentados por Augusto Bedoya Cámere, Jorge Yoshiyama Sasaki y Vicente Silva Checa. Ninguno prosperó.
Sin embargo, Concepción no continuó por mucho tiempo. En enero del 2019, Jaime Yoshiyama, exsecretario general de Fuerza Popular, lo recusó por unas declaraciones brindadas a RPP sobre la decisión del entonces fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, de retirar a los fiscales Pérez y Rafal Vela del Caso Lava Jato. Su reemplazo fue la jueza Elizabeth Arias, pero tuvo que inhibirse a pedido de la abogada de Fujimori, quien la había defendido en un caso. Finalmente, quien asumió fue el juez Víctor Zúñiga. Las recusaciones continuaron contra él.
La candidata de Fuerza Popular ha presentado dos recusaciones contra Zúñiga por supuesta falta de imparcialidad. El partido ha hecho lo mismo dos veces y las otras cinco han sido de coinvestigados, quienes han tenido cargos en el partido. Todas fueron rechazadas hasta en segunda instancia. La recusación más reciente ingresó el 13 de mayo y fue interpuesta por una de las abogadas implicadas por el presunto delito de obstrucción a la justicia.
Más recursos
Durante la investigación contra Fujimori, la candidata presidencial –sola o con su esposo– ha presentado seis tutelas de derecho para que se precisen los hechos imputados o para que le permitan designar peritos de parte, entre otros pedidos.
Dos de ellas fueron resueltas en nueve meses. En enero del 2020, Fujimori pidió con ese recurso que Pérez fundamentara los motivos por los que citó a declarar a un grupo de excongresistas; también requirió excluir la declaración del exparlamentario fujimorista Rolando Reátegui, quien como colaborador eficaz ha detallado cómo se simularon los aportes al partido. Los dos recursos fueron rechazados por Zúñiga y por un tribunal. La defensa de Fujimori ha insistido con el segundo pedido y lo ha presentado en una casación ante la Corte Suprema.
Lo último que ha requerido Fujimori es que se anule el cierre de investigación solicitado por Pérez. Pero no es el único: Yoshiyama busca que se excluya el testimonio de Jorge Barata, el exjefe de Odebrecht en el Perú.
Para el abogado Rafael Chanjan, experto penalista y docente de la PUCP, si bien ambos recursos son mecanismos que la ley les otorga a los imputados, estos deben estar fundamentados de manera objetiva y “no se puede caer en un exceso o abuso”.
“Uno podría pensar que puede ser usado como un mecanismo de dilatación. Supone definitivamente una carga adicional para el juez en cuanto a sus tiempos si se presenta de manera excesiva, masiva, abusiva. Debe marcarse en el ejercicio regular del derecho de defensa siempre fundamentados y no por subjetividades que busquen dilatar y afectar los fines del proceso”, remarcó.
“No es mecanismo dilatorio”
La abogada Giulliana Loza, defensa legal de Keiko Fujimori, negó que los recursos presentados por su patrocinada tengan como objetivo dilatar la investigación. “De ninguna manera. Las veces que hemos recusado hemos tenido nuestras razones”, aseguró.
“Hemos venido realizando los medios de defensa que la ley nos confiere. No son mecanismos dilatorios. Hemos recurrido a quien el código señala”, agregó.
Sobre su último pedido de nulidad del cierre de la investigación, Loza afirmó que la fiscalía cerró la pesquisa de un modo “indebido y muy abrupto”. Precisó que el día que concluyó la investigación, el 11 de marzo, tenían cuatro diligencias testimoniales programadas, así como otras declaraciones pendientes solicitadas.
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