La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria, que declaró inadmisible la tutela de derechos planteada por la defensa del expresidente Martín Vizcarra (2018-2020) contra el cierre de la investigación preparatoria por presuntas coimas.
Como se recuerda, el exmandatario es investigado por el presunto delito de cohecho pasivo propio por su gestión como gobernador regional de Moquegua (2011-2014).
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La defensa de Vizcarra Cornejo planteaba retrotraer el proceso a la etapa de investigación preparatoria a fin de impugnar la resolución que autorizó el levantamiento del secreto de las comunicaciones.
En su resolución, la sala consideró que en la resolución de primera instancia no se advierten defectos de motivación, pues no se ha incurrido en un caso de infracción formal o sustancial, sino, por el contrario, se puede apreciar el nexo lógico entre lo debatido y lo decidido.
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Asimismo, señala que la defensa planteó la tutela de derechos el 11 de agosto de 2023, después de más de ocho meses de notificada la conclusión de la investigación, y, cuando ya se está en pleno control sustancial de la acusación.
Como se recuerda, el Ministerio Público acusa a Martín Vizcarra de haber pactado ilícitamente con empresas constructoras como Obrainsa e ICCGSA y haber recibido 2,3 millones de soles por las obras Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
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La indagación preliminar del caso se inició en octubre del 2020. La investigación se formalizó en marzo del 2021 y terminó en diciembre del 2022. Se decidió acusar a Vizcarra solo por cohecho pasivo y pedir el archivamiento de los otros tres ilícitos (colusión agravada, usurpación y asociación ilícita).
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