El expresidente Pedro Castillo cumplirá 18 meses de prisión preventiva por orden del Poder Judicial (PJ) mientras concluyen las investigaciones en su contra por haber perpetrado un golpe de Estado el pasado 7 de diciembre.
Así lo ordenó el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, al declarar fundado dicho requerimiento formulado por el Ministerio Público, a través del fiscal supremo adjunto Alcides Chinchay.
“En este caso, no existen otros medios alternativos a la prisión preventiva que sean menos gravosos que este [...] En el presente caso, el investigado Castillo Terrones ha demostrado su conducta obstruccionista y de fuga que de ninguna manera se garantizaría su sujeción al proceso”, resolvió.
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Castillo permanece detenido en la sede de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía (Dinoes) desde hace una semana tras ser intervenido en flagrancia cuando huía hacia la Embajada de México.
Ahora, con la reciente decisión del PJ, Castillo Terrones no saldrá en libertad. Por el contrario, deberá ser internado en un penal de la capital en las próximas horas.
Fue precisamente la determinación del expresidente, al acudir en busca de asilo político ante la sede diplomática, uno de los elementos que sustentó la decisión de imponerle prisión preventiva, ya que el magistrado consideró que ello demostraba “un plan de fuga”.
A criterio del juez, dicho peligro sigue latente. Y es que, recordó, luego de la detención de Castillo, el presidente de México, Andrés López Obrador, declaró públicamente que este sí le había pedido asilo y que se le iba a otorgar.
Además, días atrás, el exmandatario fue visitado en la sede de la Dinoes por el embajador de México en el Perú, Pablo Monroy.
“Es decir, el peligro de fuga no se ha difuminado con la detención preliminar, sino que el mismo permanece latente en el tiempo. Por ese motivo, el riesgo de fuga se mantiene”
Aunado a ello, la gravedad de la pena —que superaría los 10 años de cárcel de ser hallado responsable— incrementa el peligro de fuga , remarcó el juez. También dijo que, en el supuesto de permanecer en libertad, podría recibir ayuda para obstaculizar la averiguación de la verdad.
Graves y fundados elementos
El magistrado también dio por cumplido el requisito que sustenta graves y fundados elementos de convicción sobre el hecho de que Castillo habría cometido los delitos de rebelión —alternativamente conspiración—, abuso de autoridad y grave perturbación contra la tranquilidad pública, por los que viene siendo investigado.
Según explicó, tras analizar los hechos y documentos, se evidenció que el exmandatario dispuso el cierre del Congreso porque dicho poder del Estado debatiría un tercer pedido de vacancia debido a los actos de corrupción por los que es investigado en el Ministerio Público, y que dispuso la intervención del sistema de justicia para anular esas investigaciones.
Para ello, a través de su mensaje a la nación y haciendo uso de su cargo presidencial, tuvo como fin utilizar a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas para alzarse en armas.
El magistrado, en su resolución, precisó que el delito de rebelión —como ya lo había expresado la Corte Suprema—no necesariamente implica un alzamiento de armas, sino desplegar acciones que vayan en contra del orden constitucional. Un ejemplo, indicó, serían los autogolpes.
“Elemento de convicción que sustenta la imputación en relación a que el mensaje a la nación del entonces presidente Castillo Terrones fue el inicio de la puesta en marcha del plan orientado al alzamiento en armas como consecuencia del flagrante atentado contra los poderes del Estado y otros organismos autónomos y el orden constitucional”, reseñó Checkley.
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El magistrado también consideró que había elementos de convicción para sostener que Castillo y sus coinvestigados, como los exministros Betssy Chávez, Willy Huerta, Roberto Sánchez y el exasesor Aníbal Torres, concertaron para emitir el golpe de Estado al disolver el Congreso e intervenir el sistema de justicia (Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional y Junta Nacional de Justicia).
A renglón seguido, se dieron por acreditados los graves y fundados elementos en los presuntos delitos de conspiración, abuso de autoridad y grave atentado contra la tranquilidad pública.
Según el magistrado, el golpe de Estado de Castillo ha generado una ola de conflictos sociales, el bloqueo de carreteras y manifestaciones que causan zozobra en la población.
Torres con comparecencia
En el caso del expresidente del Consejo de Ministros Aníbal Torres, quien es investigado en su condición de exasesor de la PCM, el juez decretó que debía afrontar este caso bajo comparecencia con restricciones.
A Torres Vásquez se le imputa ser presunto coautor del delito de rebelión.
Checkley indicó que también había graves y fundados elementos de convicción sobre su participación en la decisión de perpetrar un golpe de Estado. Además, que ante una posible condena, esta superaría los cuatro años de cárcel.
No obstante, consideró que tiene arraigos (laboral y familiar) y que debido a su avanzada edad y complicaciones en su salud, disminuía la peligrosidad de una posible fuga. Asimismo, que no había encontrado elementos de un peligro de obstaculización de su parte.
Por ello, dispuso que permanezca bajo comparecencia con restricciones por 18 meses cumpliendo reglas de conducta: no ausentarse de su lugar de domicilio sin orden judicial, no comunicarse con sus coinvestigados y testigos, pagar una caución de S/20 mil, entre otras.
Apelaciones
Tras escuchar la decisión, el fiscal supremo Alcides Chinchay se mostró de acuerdo con la prisión preventiva de Castillo Terrones, pero anunció que apelaría en el extremo de la comparecencia impuesta a Torres Vásquez.
El abogado de oficio, Ítalo Díaz —quien asumió la defensa de Castillo—, anunció que apelarían la decisión.
“No estando conformes con lo indicado, interponemos apelación en este caso”, anunció.
Duberlí Rodríguez, abogado de Torres y expresidente de la Corte Suprema, dijo que estaba conforme con la decisión.
Cabe indicar que los abogados acreditados por Castillo Terrones como su defensa legal, Ronald Atencio y Raúl Noblecilla, no se presentaron a la audiencia.
En un pronunciamiento público, indicaron que no existían garantías y alegaron que el pedido de prisión era ilegal.
Ambos, a través de diversos recursos constitucionales, han solicitado la excarcelación del golpista.
En Lima, un juzgado constitucional admitió a trámite un hábeas corpus interpuesto por Noblecilla y deberá seguir su curso hasta que se emita un pronunciamiento de fondo,
Sin embargo, la Corte Superior de Justicia de Junín rechazó tres recurso que buscaban lo mismo. Dos de ellos, según informó dicha corte, fueron interpuestos por Atencio y Noblecilla.
Al cierre de esta edición, Castillo permanecía detenido en las instalaciones de la sede de la Dinoes, en el distrito de At
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