El Poder Judicial confirmó el impedimento de salida del país dictado contra el expresidente Pedro Pablo Kuczysnki (PPK) por nueve meses, en el marco de la investigación que afronta por el delito de lavado de activos.
De este modo la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución del 20 de setiembre del 2022, emitida por el Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional y que había sido apelada por la defensa del exmandatario.
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En su resolución la sala consideró que la defensa de Kuczynski no ha podido rebatir ni negar los argumentos de la fiscalía en relación a que los elementos que determinaron el riesgo de fuga por falta de arraigo familiar, aún persisten; dado que la esposa e hijos del exmandatario aún viven en Estados Unidos.
“Ahora bien, si a lo anterior le sumamos que el investigado a parte de tener la nacionalidad peruana, también tendría la nacionalidad estadounidense, resulta evidente que el riego de fuga es latente y persiste hasta la fecha, pues como lo señala la recurrida, existe un alto grado de sospecha que el investigado pueda albergarse en el país donde actualmente viven sus familiares”, subrayó.
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Asimismo, remarcó que si se evalúa la magnitud del daño causado (presunta afectación al sistema financiero con activos provenientes de actos de corrupción), la gravedad de la pena y su presunta pertenencia a una organización criminal, se puede concluir que, para los fines y aseguración de la investigación, es indispensable la permanencia en el país de PPK.
En este caso también están incluidos, además del exmandatario, Gloria Kisic Wagner, Gerardo Sepúlveda y José Luis Bernaola Ñufflo, así como las empresas Dorado Asset Management Company SAC, Wesfield Capital Limited, First Capital Inversiones y Asesorías Limitada, y Latin America Enterprise Fund Managers LLC.
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Pedro Pablo Kuczynski Godard afronta la investigación en este caso en libertad, luego de que el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dispusiera modificar la medida de arresto domiciliario por la de comparecencia con restricciones.
Además, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema revocó cuatro medidas: prohibición de comunicarse con sus coimputados; prohibición de comunicarse con testigos y peritos; prohibición de declarar a medios de prensa, y; prohibición de participar en reuniones políticas.
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