Recientemente el Poder Ejecutivo presentó al Congreso el proyecto de ley No. 1833-2012, el cual considera los delitos tributarios como casos de crimen organizado. En otras palabras, si una empresa (de tres personas o más) deja de pagar parte del tributo que le corresponde por ley, o si no lo hace a tiempo, el ejecutivo encargado y los directivos de la compañía serían considerados miembros de una organización criminal y podrían recibir el mismo trato que, por ejemplo, los implicados en casos de terrorismo, narcotráfico, genocidio, homicidio, secuestro y extorsión.
Los efectos prácticos de esta ley permiten a las autoridades hacer uso del levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria y bursátil de los acusados; de la interceptación de sus comunicaciones, incluyendo la telefónica y postal; y de la prisión preventiva por un máximo de 18 meses, por citar algunos ejemplos. Inclusive, los investigadores tienen la potestad de ordenar la clausura temporal, parcial o total de sus locales o establecimientos, así como la suspensión de sus actividades. Todo lo anterior, durante la investigación; es decir, antes de ser declarados culpables.
El mayor problema, más allá de la inminente desproporcionalidad entre la falta y el castigo, es el uso político que se le puede dar a esta ley. Las medidas que permite dejan abierta la posibilidad de que las autoridades saquen del juego a cualquier empresa que les resulte incómoda. Con facultades de este tipo, por ejemplo, el gobierno de Cristina Fernández allanó, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (la Sunat argentina), el diario “Clarín” en el 2009.
Por supuesto, todo lo anterior no quiere decir que a las empresas que evaden tributos no les deba caer todo el peso de la ley. Solo significa que deben ser tratadas como lo que son: evasoras y no terroristas.
DESHOJANDO COMISIONES Hace un par de semanas el congresista Jaime Delgado se presentó en un sintonizado programa nocturno de señal abierta para dar su visión sobre qué debería hacer cada persona con el futuro de sus fondos previsionales. La opinión de Delgado no podría haber sido más clara: la comisión por flujo es una “mamadera” para las AFP, las que nos “han exprimido” por alrededor de 20 años y que “han venido haciendo un psicosocial para decir: se te vence el plazo, ya son más los que están en flujo”. Y también tuvo palabras para aquellos que decidan, según él, que los sigan “azotando con flujo”: “Va a haber un plazo adicional para los que cometieron el error de pasarse a flujo porque los engañaron, porque no tuvieron información”. Concluyó con un categórico “yo les hablo con la verdad”.
La realidad, sin embargo, no es para nada categórica. Ya diversos analistas han señalado que si uno es joven y recién empieza a aportar, lo más probable es que le convendría mantenerse en el sistema de cobro por flujo (es decir, que las AFP se cobren una comisión de cada aporte que se hace), mientras que si está más próximo a jubilarse es esperable que lo conveniente sea cambiar al sistema por saldo (es decir, que las AFP se cobren la comisión anualmente del fondo previsional acumulado que arrancará de cero una vez termine el plazo para el cambio).
Miguel Palomino, del Instituto Peruano de Economía, por ejemplo, menciona que hay dos factores que van a determinar qué comisión es más conveniente: el número de años de aportes y cuáles serán las comisiones comparativas que se cobren por flujo y saldo. En las simulaciones que hace Palomino, si uno tiene por aportar 40 años, en casi todos los escenarios razonables posibles de comisiones comparadas sería más barato mantenerse en la de flujo.
Decir a ciencia cierta qué esquema conviene no es tarea tan fácil. Lo que sí es verdad, sin embargo, es que tratar el asunto como el congresista Delgado hizo es, por decir lo menos, irresponsable.