La posibilidad de disponer del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en el año 2024 es una interrogante que muchos trabajadores peruanos se plantean actualmente. En medio de expectativas y dudas sobre los fondos destinados a este fin, la Ley 30334 establece un marco regulatorio que limita la disposición total de la CTS. En la siguiente nota te contaremos todos los detalles que debes conocer sobre este tema.
Según la Ley 30334, actualmente no se puede disponer del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú.
Sin embargo, un empleado puede retirar el excedente de hasta cuatro remuneraciones brutas de su CTS. Los trabajadores deben comunicar por escrito a sus empleadores su intención de retirar este porcentaje.
Posteriormente, podrán acercarse a la entidad financiera correspondiente con su DNI vigente para solicitar el retiro.
Aunque la Comisión de Economía del Congreso aprobó un dictamen para permitir la liberación del 100% de los fondos de la CTS, este aún debe ser debatido y aprobado por el Pleno del Congreso, y posteriormente ser promulgado o rechazado por el Poder Ejecutivo.
A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el deposito de la CTS y estas son:
De acuerdo con información de Mauricio Matos, associate partner del Área Laboral de EY Perú, para la agencia Andina, explicó cómo calcular la CTS de esta forma:
Es importante mencionar que, para calcular el monto, deberás tomar en cuenta el sueldo mensual que percibe el trabajador, después sumarle 1/6 de la gratificación (dividiendo la gratificación entre seis). El total se divide entre 360 y luego se pasa a multiplicar por los días trabajados (para todo el semestre, serían 180 días).
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla y tiene como finalidad proteger al trabajador al momento en que su relación laboral con el empleador finaliza.
Este beneficio laboral es depositado dos veces al año: en mayo y noviembre. Eso quiere decir que el próximo pago de CTS se debe pagar en la quincena de este mes. Cabe señala que el monto de la CTS a depositar varía según el régimen laboral de la empresa, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.
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