La emisión de recibos por honorarios electrónicos se ha convertido en un procedimiento fundamental para muchos trabajadores independientes en Perú, es por ello que saber realizar esta gestión es clave. En la siguiente nota te contaremos cómo realizar el trámite a través de SUNAT y, además, te brindaremos otros datos relacionados a este importante tema.
CÓMO EMITIR UN RECIBO POR HONORARIOS ELECTRÓNICO VÍA SUNAT
Cualquier trabajador que labora de manera independiente, y por ende no figura registrado en la Planilla Electrónica como empleado sujeto al régimen de la actividad privada, debe emitir un recibo por honorarios electrónico y declararlo indefectiblemente ante la Sunat.
Desde el año 2017, este tipo de comprobante de pago tiene que obligatoriamente ser gestionado por todas las personas naturales que prestan sus servicios a terceros, y con el fin de percibir un beneficio económico que la Ley clasifica como rentas de cuarta categoría.
A continuación, revisa el siguiente paso a paso para que emitas correctamente tu recibo por honorarios desde la comodidad de tu hogar, y con tan solo algunos clics usando tu dispositivo móvil inteligente o PC:
1- Ingresa al portal oficial de la Sunat
2- Busca y pulsa la opción: “Operaciones en línea (SOL)”
3- Accede a “MIS TRÁMITES Y CONSULTAS”
4- Inicia sesión escogiendo acceder con RUC o DNI, y colócalos junto a usuario y contraseña
5- Ingresa desde la opción “Personas” y continúa avanzando así:
Comprobantes de pago > SEE SOL > Recibo por Honorarios Electrónicos > Emitir Recibo por Honorario Electrónico
6- Completa los datos del usuario a quien le prestaste tus servicios añadiendo lo siguiente:
RUC o DNI / Nombre o Razón Social
7- Luego de “Continuar”, completa los campos referidos a la descripción del servicio prestado y la fecha de emisión, indica el tipo de renta de cuarta categoría al que te encuentras afecto, y también el monto de los honorarios
8- Verifica que el comprobante contenga los datos que ingresaste correctamente
9- Finalmente, verás el documento original para poder descargarlo en cualquiera de estos formatos:
- Formato Digital Seguro
- Formato PDF
- Imprimir
Es importante precisar y resaltar, que para realizar este trámite en línea que habilita y regula la Sunat, es indispensable contar con clave SOL que te otorga usuario y contraseña.
CUÁLES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE PERSONA NATURAL Y PERSONA JURÍDICA
Según la plataforma de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, como Persona Natural puedes ejercer cualquier actividad económica, ser el conductor de tu propio negocio y el responsable por el mismo ya que esta figura actúa a título personal.
Por el contrario, como Persona Jurídica no actúas tú a título personal, sino como una entidad (empresa) que como tal tiene derechos y obligaciones, puede suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente. Esta figura actúa a través de sus representantes legales.
De todas formas, para tener en cuenta las diferencias es importante no olvidar la siguiente información:
PERSONA NATURAL
Es una persona que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir tu negocio como Persona Natural, asumes todas obligaciones. Esto significa que aceptas asumir la responsabilidad y garantizas con tu patrimonio y bienes el pago de las deudas u obligaciones que pudiera contraer la empresa.
Te conviene elegir Persona Natural cuando:
- Vas a iniciar negocios pequeños como bodegas, juguerías, peluquerías, zapaterías, bazares, entre otros.
- Realizas actividades que están comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado) o tienes negocios en donde tus clientes van a ser principalmente personas, no empresas.
- Quieres hacer negocios en los que tu exposición al riesgo (responsabilidad ilimitada) ante posibles deudas u obligaciones con terceros sea manejable considerando tu patrimonio personal.
PERSONA JURÍDICA
Es una entidad conformada por una, dos o más personas que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de la empresa creada. Cuando abres un negocio como Persona Jurídica, es la empresa y no tú personalmente quien asume las obligaciones. Esto implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa están garantizadas y se limitan solo a los bienes que estén registrados a su nombre.
Te conviene elegir Persona Jurídica cuando:
- Necesitas mayor reputación en el mercado y quieres tener clientes más grandes o importantes (empresas).
- Necesitas acceder a créditos o préstamos en bancos y entidades financieras en mejores condiciones.
- Quieres asegurarte de que, si algo sale mal en tu negocio, se afecten los fondos o bienes de la empresa, no tus bienes personales.
- Necesitas que ingresen inversionistas o más socios que contribuyan con tu empresa, pues es más fácil transferir participaciones.
- Piensas que, eventualmente, puedes vender tu negocio o disolverlo luego de un tiempo. En ese caso, es más fácil hacerlo como Persona Jurídica.
QUÉ ES SUNAT
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo a su marco normativo, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, que cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa.
La SUNAT tiene diversas finalidades, pero entre las más principales se encuentra el administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por ley.
La SUNAT siempre velará por la correcta aplicación de la normatividad que regula la administración tributaria y la lucha contra los delitos aduaneros conforme a sus atribuciones.
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