El usuario debe realizar las revisiones técnicas dependiendo de la categoría, función y antigüedad del vehículo. Esto último se cuenta a partir del siguiente año de fabricación, que puede visualizarse en la Tarjeta de Identificación Vehicular. Aquí presentamos el cronograma. Para vehículos particulares de transporte de personas y/o mercancías, la revisión es anual, para vehículos nuevos es a partir del segundo año y el certificado tiene una vigencia de 12 meses. Los de transporte especial de personas en vehículos menores la revisión es anual se y rige a partir del segundo año del vehículo con certificación de 12 meses. Para el servicio de transporte regular de personas (provincial, regional, nacional) es semestral y a partir del tercer año con una duración de certificación de 6 meses. Los de transporte de personas de hasta nueve asientos, incluido el del conductor, tienen que pasar la revisión anualmente, a partir del cuarto año de antigüedad del vehículo y tiene una vigencia de 12 meses. Para las de más de nueve asientos, incluido el del conductor, es anual, a partir del tercer año del vehículo y cuenta con una duración de 12 meses. Para servicio de transporte especial de personas (taxi, transporte turístico, trabajadores, etc.) es semestral, rige a partir del tercer año y dura 6 meses. Los del servicio de transporte internacional tendrán que pasar la revisión semestralmente, con una antigüedad de tres años y con una vigencia de 6 meses del certificado. Las ambulancias, vehículos de alquiler y de instrucción lo harán semestral, a partir del tercer año y tendrá una duración de 6 meses. Para transporte de mercancías (N1 y O2) es anual, a partir del tercer año y con duración de 12 meses. Los de transporte de materiales y residuos peligrosos lo harán semestralmente, a partir del segundo año y con 6 meses de vigencia. Del servicio de transporte mixto es semestral, a partir del tercer año y el certificado dura 6 meses.
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