Sistemas de iluminación obligatorios Para poder transitar por la vía pública sin problemas, los vehículos deberán contar con los siguientes sistemas y elementos de iluminación: - Faros de carretera, delanteros de luz blanca o amarilla en no más de dos partes, de alta y baja iluminación. - Luces de posición que indiquen su longitud, ancho y sentido de marcha desde cualquier punto de observación (delanteras de color blanco o ámbar, posteriores de color rojo, laterales de color ámbar a cada costado e indicadores diferenciales de color blanco). - Luces direccionales intermitentes de color ámbar, delanteras y posteriores. - Luces posteriores de color rojo que se enciendan al accionarse el mando del freno de servicio o principal. - Luz blanca para iluminar la placa de rodaje. - Luces blancas para retroceso de acuerdo al diseño de fábrica. - Luces intermitentes de emergencia que incluyan todas las luces indicadoras de giro, delanteras posteriores y laterales. - Sistema de destello de luces frontales.