Por primera vez la justicia peruana podrá sancionar hasta con ocho años de cárcel a quienes contacten a través de Internet a niños, niñas o adolescentes con proposiciones de tipo sexual, de acuerdo a la ley aprobada en el Congreso para combatir los llamados ciberdelitos.
El propósito es frenar el grooming o acoso de adultos hacia los niños con fines sexuales a través de medios virtuales, señaló Carlos Vásquez Ganoza, director general de Política Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia.
Explicó que este delito se configura cuando a través del chat o de las redes sociales un adulto hace propuestas con fines sexuales a un menor de edad, logrando de él fotografías comprometedoras que luego usa para extorsionarlo o las difunde en Internet.
El solo contacto virtual con esos fines constituye un delito que en la norma se combatirá, porque el Derecho debe adelantar sus barreras de protección hacia los menores y no esperar a que se materialice una posible violación sexual para intervenir, remarcó.
SUPERA ATRASO LEGAL DE 13 AÑOS A juicio de Vásquez Ganoza, la norma en cuestión que está pendiente de promulgación, llena un enorme vacío que había en la legislación peruana que solo contemplaba como delitos informáticos el acceso ilícito o hacking y el daño o sabotaje informático.
“Con esta nueva ley el Perú supera un atraso de 13 años en materia de lucha contra la ciberdelincuencia, colocándose dentro de los estándares internacionales y quedando listo para firmar el Convenio de Budapest”, dijo a la Agencia Andina.
El citado convenio es el primer tratado internacional de lucha contra la cibercriminalidad a través de la armonización de las leyes nacionales y el aumento de la cooperación entre naciones. Este documento tipifica un total de 11 delitos informáticos.