El Congreso de la República publicó en el diario El Peruano la ley que autoriza al Ministerio de Salud, a sus organismos públicos y a las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a culminar el nombramiento de los médicos cirujanos dispuesto en la Ley 29682.
La norma indica que las plazas a ocupar deben estar aprobadas en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), y registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del sector público a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Para implementar la ley, del 1 al 31 de enero del 2014, el Ministerio de Salud queda autorizado a realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de sus organismos públicos y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a propuesta de este último.
Asimismo, en ese mismo período, el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales quedan exonerados de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
La ley que favorece a los médicos cirujanos contratados lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala el presidente del Congreso, Fredy Otárola y del presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva.