Las cuestionadas fotopapeletas funcionan de una forma establecida. El policía llega con uno de los ocho cinemómetros láser con cámara a una vía que tenía una señal de tránsito que indica un límite de velocidad y le toma una fotografía. Esta imagen es el respaldo de las posteriores fotopapeletas para todos los vehículos que no respeten esta indicación. Todo esto antes de que se anuncie la suspensión de estas multas.
Sin embargo, la señalización es solo un recordatorio o un recurso para casos excepcionales, ya que el reglamento de tránsito vigente establece cuál es la velocidad máxima que se debe respetar en las calles a nivel nacional.
EN ZONAS URBANAS Si vas por calles o jirones, la velocidad máxima es 40 Km/h. En avenidas, 60 Km/h. En vías expresas, 80 Km/h.
Todos los límites se reducen a 30 Km/h. si se transita por una zona escolar o cerca a un hospital.
CASOS ESPECIALES En las intersecciones urbanas sin semáforos, la velocidad no debe ser superior a 30 Km/h.
En vías que circulan alrededor de una zona urbana, el límite es de 60 Km/h. a menos que una señal de tránsito indique lo contrario.
En pocos casos el límite baja hasta los 20 Km/h. Solo ocurre cuando pasas por lugares con gran afluencia de personas como colegios, estadios y mercados en situaciones especiales y, además, en cruces de ferrocarril sin barrera ni semáforos.
EN CARRETERAS Si transitas por la Panamericana Norte, Sur o la Carretera Central, puedes llegar a los 100 Km/h. en vehículos privados, camionetas y motocicletas. El transporte público puede ir a 90 Km/h. y vehículos de carga 80 Km/h.
En caminos rurales, la velocidad máxima es de 60 Km/h. En centros poblados, los límites son de 55 Km/h. en zonas residenciales, 35 Km/h. en zonas comerciales y de 30 Km/h. cerca a colegios. Las autoridades deben señalar estos límites
LA MULTA No respetar los límites máximos o mínimos de velocidad establecidos es considerada una falta grave y equivale a 50 puntos de sanción y a una multa del 12% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/.444 sin agravantes.
TODO ESTÁ EN LA NORMA Al aprender a conducir, técnicamente, se debe aprender estos límites de velocidad de memoria, ya que es parte de la prueba escrita que toda persona da para obtener su licencia.
Estos límites, y otros, están señalados entre los artículos 162 y 164 del Reglamento Nacional de Tránsito.
Esta misma normativa, en sus artículos 33 al 35, señala que la instalación, mantenimiento, renovación y retiro de las señales de tránsito son responsabilidad de las municipalidades provinciales y distritales.
“Está prohibido alterar, destruir, deteriorar o remover dispositivos reguladores del tránsito o colocar en ellos anuncios de cualquier índole”, aclara el reglamento.
Puedes descargar el reglamento completo aquí.