(Foto: Reuters)
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Agencia AFP

La reforma laboral aprobada este martes por el Senado brasileño flexibiliza las normas de contratación y las rescisiones de contratos y determina la preeminencia de los acuerdos colectivos sobre la legislación.

La nueva ley, respaldada por los mercados, concluyó así su tramitación legislativa y solo espera la promulgación por el presidente Michel Temer.

Estas son sus principales disposiciones:

- Negociación vs legislación
Las convenciones y acuerdos colectivos en las empresas prevalecerán sobre las disposiciones legales en temas como el parcelamiento de las vacaciones hasta en tres veces o la duración de las pausas, a condición de que estas sean de al menos 30 minutos.

Quedan fuera del área de negociación asuntos como el salario mínimo, el aguinaldo o los aportes a un fondo de garantía que el empleado recupera en caso de despido (FGTS), así como la licencia de maternidad de 120 días, la prima de 50% por las horas suplementarias y las normas de seguridad.

- Jornada laboral: 12 x 36
Posibilidad de una jornada de 12 horas de trabajo, con 36 horas ininterrumpidas de descanso.

- Trabajo intermitente o discontinuo
Una de las medidas más polémicas, es que se permitirá pagar salarios sobre una base horaria o diaria, pero ya no mensual. El empleador convocará al empleado con un mínimo de tres días de antelación y le informará cuál será la jornada de trabajo. Fuera de ese periodo, el trabajador no estará a disposición de esa empresa.

- Trabajador autónomo exclusivo
La ley crea la figura del trabajador autónomo exclusivo, que podrá prestar servicios a un único empleador pero sin vínculo laboral permanente.

- Rescisión de contratos
Podrá ser por "mutuo acuerdo" entre empleador y empleado, ya sin necesidad de validación sindical.

- Impuesto sindical
Dejará de ser obligatorio el aporte sindical (equivalente a un día de trabajo por año). En adelante, esa contribución será opcional.

- Normas de salubridad para mujeres embarazadas
La nueva ley determina el apartamiento de mujeres grávidas o con niños lactantes de trabajos considerados insalubres en grado máximo. En trabajos insalubres en grado medio o mínimo, la mujer deberá presentar un atestado médico que proscriba su presencia en esos lugares.

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