Los principales gremios empresariales del país mostraron su rechazo ante la derogación por parte del Pleno del Congreso de una disposición del Decreto Legislativo Nº 1607 que contemplaba medidas para frenar el avance del crimen organizado asociado a la minería ilegal.
El comunicado dirigido a los medios es firmado por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Sociedad de Comercio Exterior (ComexPerú), Asociación de Gremios Productores Agrarios (AGAP), Asociación de Exportadores (ADEX), el Instituto de Ingenieros de Minas (IIMP) y la Confederación de Empresas Comunales.
“Lamentamos que la medida adoptada por el Parlamento represente un retroceso en la lucha contra la que es hoy la primera economía criminal en el Perú, que es la minería ilegal, superando al narcotráfico”, afirmaron.
“Al derogarse la disposición el DL 1607, se limita el accionar de la Policía Nacional para controlar el tráfico de explosivos que la minería ilegal usa, no solo para robar mineral, sino para desviarlos hacia otras actividades ilegales que afectan la seguridad nacional”, agrega el documento.
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Otra de las consecuencias negativas de este hecho -indican- es que se prolonga el incentivo para realizar invasiones de terrenos que están concesionados a terceros por el Estado peruano, ya que se elimina el plazo perentorio de 90 días que se dio para que los informales presenten los acuerdos suscritos con las concesiones mineras que han invadido.
“El gran problema es que el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), como está estructurado, sirve para encubrir la libre operación de los mineros ilegales, usando explosivos y armas de guerra, violando los derechos humanos, devastando los ecosistemas y robándole importantes recursos económicos al país”, puntualizaron.
Ayer, en horas de la noche el Pleno del Congreso aprobó un proyecto de ley que deroga la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1607 del Ejecutivo.
La disposición -ahora derogada- facultaba a la Policía Nacional a tomar acciones frente a la tenencia ilegal de materiales explosivos en actividades mineras ejecutadas por personas con inscripción suspendida en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
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