Minem declara en emergencia abastecimiento de GLP en cinco regiones del sur del país

La medida comprende a Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna y tendrá una vigencia de hasta 30 días calendario.
Gobierno declara emergencia en actividades de hidrocarburos por riesgo de interrupción del suministro de GLP. (Foto: Andina)

El declaró en situación de emergencia las actividades de hidrocarburos vinculadas al abastecimiento de en Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna, debido al riesgo de interrupción del suministro por las afectaciones registradas en las vías de acceso.

La medida fue establecida mediante la Resolución Ministerial N.° 360-2026-MINEM/DM y tendrá una vigencia de hasta 30 días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Según el informe de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), las regiones involucradas presentan una situación de vulnerabilidad en el abastecimiento de GLP debido a los cortes de las vías que permiten transportar el combustible por carretera desde Pisco y Callao.

El Minem señaló que las lluvias registradas en el sur del país provocaron daños y cierres en rutas relevantes para el transporte terrestre, lo que pone en riesgo el abastecimiento regular de GLP en las cinco regiones.

Inventarios insuficientes

La situación se agrava debido a que las regiones comprendidas en la declaratoria no cuentan con plantas de abastecimiento de GLP con inventarios suficientes para afrontar eventuales interrupciones de la cadena de suministro.

Ante un eventual cierre de las vías de acceso, el abastecimiento quedaría limitado a las existencias disponibles en los tanques de almacenamiento de los agentes que participan en la cadena de comercialización, entre ellos gasocentros, consumidores directos y plantas envasadoras de GLP.

El Minem advirtió que los niveles de autonomía de estos establecimientos no serían suficientes para garantizar durante un periodo prolongado la continuidad del suministro a los usuarios finales, especialmente a los hogares.

Medidas transitorias

La resolución dispone notificar al para que, previa evaluación y dentro del ámbito de sus competencias, establezca las medidas transitorias necesarias para atender la situación de emergencia.

Estas acciones podrán contemplar excepciones al cumplimiento de determinados artículos de los reglamentos de comercialización y seguridad de hidrocarburos, así como la aprobación de medidas alternativas destinadas a asegurar la continuidad de las actividades del sector.

La declaratoria fue sustentada por la Dirección General de Hidrocarburos y cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Minem.

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