Hoy martes 8 de diciembre es feriado por el Día de la Inmaculada Concepción, y si le toca trabajar, tiene dos opciones para reclamar por alguna compensación. Incluso si hace trabajo remoto.
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Cuando trabaja en feriado, se abren dos alternativas, según la socia del estudio Echecopar, Mónica Pizarro. La primera es pedir que sustituyan el feriado trabajado por otro día. Es decir, si trabaja mañana martes, pide un descanso algún otro día, como jueves, lunes, etc; es decir, sin ningún pago adicional.
La segunda opción es pedir que le paguen el día. “Es un pago doble, pero como yo ya tengo derecho a que me paguen ese día y no trabajar, a ese derecho se suma el pago por haber trabajado y la sobretasa del 100%. Por ello acaba configurando un pago triple”, señaló la abogada laboralista, en diálogo con este diario.
Esta modalidad no cambia si usted se encuentra laborando vía trabajo remoto.
“Las personas que realizan trabajo remoto también tienen derecho a gozar del feriado, así como tienen derecho a su descanso semanal”, anotó Pizarro.
En principio, advirtió que las empresas deben cuidar la desconexión de sus empleados durante el feriado. Básicamente, hacerles entender que deben descansar y no avanzar trabajo en días que no les corresponde
No obstante, si la compañía necesita que el trabajador se conecte en feriado, así sea para elaborar un pequeño informe, debe pagarle el día completo. Es decir, el pago triple.
“El trabajo en día feriado o descanso, cualquiera sea su duración hace que se genere el pago del día completo, así alguien se conecte por dos horas”, puntualizó.