El Pleno del Congreso aprobó la noche de este miércoles 25 con 114 votos y 6 abstenciones derogar el decreto de urgencia (DU) 014-2020, que regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el sector público.
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Este DU establecía que las entidades del sector público participen en los procesos de negociación colectiva bajo principios como la buena fe de negociar, la previsión y provisiones presupuestarias y la responsabilidad y sostenibilidad fiscal.
Asimismo, fijaba reglas generales para que se lleven a cabo estos procesos y disponía que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emita informes económicos financieros sobre los pliegos de reclamos. A partir de estos iban a iniciarse las reuniones de negociación entre las partes involucradas.
Omar Chehade (Alianza para el Progreso), presidente de la Comisión de Constitución, señaló que el dictamen concluye que el DU 014-2020 “prioriza los principios presupuestarios de manera unilateral, excesiva y desbalanceada frente a otros”, como el derecho laboral a la negociación colectiva, entre otros.
“El DU 014-2020 no cumple con los criterios sustanciales de control y colisiona con el derecho a la negociación colectiva al desconocerlo como el principal instrumento [para solucionar controversias entre empleados y empleador]”, refirió durante su intervención en el Pleno.
IMPACTO
Juan Martínez, presidente ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), explicó que antes de la publicación del DU 014-2020 no había un marco jurídico claro para llevar a cabo las negociaciones colectivas.
Indicó que en algunos casos se aplicaba por referencia la ley de negociaciones para el sector privado.
“El problema es que con eso se va directamente a un esquema de arbitraje, donde no tienen en cuenta los límites presupuestarios de las entidades. Y para cumplir con estos pagos se tiene que disponer del dinero, por ejemplo, para fines operativos de la entidad”, anotó Martínez.
El funcionario añadió que bajo este escenario sin regulación también se han pactado acuerdos que no van necesariamente con el funcionamiento de la entidad.
“Por ejemplo, hay convenios de que, si un trabajador se retira, quien tiene preferencia de ocupar dicha plaza es su familiar. Ahora, una vez que ya está pactado un acuerdo es discutible si va o no, pero muchas instituciones decidieron solo no impugnar”, acotó.
Así, Martínez señaló que lo que busca este DU es que las entidades funcionen mejor, no impidiendo su derecho a la negociación, sino que respetando límites.
“Se establecía un margen de presupuesto que se adecuaba a las características de cada entidad. También que la negociación era un derecho laboral para todo el sector público y no solo para las personas que laboran en las empresas del Estado, quienes son los que más ganan y son los principales beneficiados. El Congreso no está pensando en el largo plazo”, refirió.
La Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) también había observado esta norma y la semana pasada remitió una carta a la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez.
En esta expresaron su preocupación, pues esta medida legislativa, entre otras, pone “en riesgo la sostenibilidad y funcionamiento de 2.051 municipalidades que afectarían a más de 200.000 trabajadores”.
“Manifestamos nuestra intranquilidad por las iniciativas sobre la regulación de la negociación colectiva (...), las mismas que no nos han sido consultadas, ni se nos ha permitido participar en las discusiones para su aprobación. [El proyecto de negociación] omite las reglas de respeto al principio de equilibrio presupuestario”, señalaron.
A su turno, Ricardo Montero, director general de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF, indicó que esta derogación implica un “golpe muy fuerte” para la estabilidad fiscal y la capacidad del país, debido al aumento de los recursos.
“La derogación del DU implica que se seguirán realizando negociaciones colectivas, pero que no tendrán financiamiento porque habrán algunas que superan el presupuesto establecido. Así suenen bien en el papel no van a poder pagarse. Incluso, esto ya ocurría antes de la publicación del DU 014-2020”, refirió.
“En la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), por ejemplo, tiene que subir sus tasas [de cobros para sus usuarios] para pagar esas remuneraciones extras por negociaciones. En Petro-Perú tienen acuerdos de bonificación por cierre de pliegos que van entre los S/10.000 y S/19.000, incluso cuando cierran en rojo”, complementó.
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Coincidiendo con Martínez de Servir, Montero observó que el escenario sobre las negociaciones sin un marco claro resulta en que los árbitros de los procesos, quienes son particulares, terminan con poder mayor al del Ejecutivo y del Congreso, puesto que les brindan facultades sobre los presupuestos que se aprueban.
Martínez también apuntó que, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las negociaciones son oportunidades para que se alineen los intereses de las tres partes involucradas: entidades, empleados y ciudanía; pero ello no se ha venido cumpliendo.
“Esto es como un baile de tres personas, pero solo han estado bailando dos. Tenemos más de 2.500 entidades públicas, pero pese a los esfuerzos no hay información clara sobre cuánto se paga en detalle. Desde el 2018, el MEF se ha dado cuenta que hay pliegos de pagos con conceptos no claro y está trabajando al respecto”, apuntó.
Por último, observó con extrañeza que el Congreso haya decidido no esperar el resultado de la impugnación del DU 014-2020 ante el Tribunal Constitucional si “estaban tan seguros de su inconstitucionalidad”.
Por ello, exhortó al TC a pronunciarse al respecto en el plazo más breve.