La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Resolución SBS N° 01546-2024, declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiera Emprende por encontrarse incursa en la causal de inactividad, y la excluyó del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a captar recursos del público.
De esta manera, la SBS establece que en aplicación del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, desde la publicación de la resolución, con respecto a la citada cooperativa queda prohibido iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, así como perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
También queda prohibido constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen, y hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros. Tampoco se podrá constituir medida cautelar contra sus bienes.
Asimismo, se designó a Lucía Del Rosario Ocsa Ríos y Edwin Florentino Chávez Collazos como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiera Emprende en disolución.
Ellos quedaron facultados para que, cualquiera de ellos, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la cooperativa.
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