La Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó los cronogramas de vencimientos para que los contribuyentes cumplan con la presentación oportuna de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financiera (ITF) del 2024.
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Los cronogramas de vencimientos para los negocios o empresas iniciarán el 26 de marzo y se extenderán hasta el 9 de abril del 2025, según el último dígito de RUC del contribuyente:
| Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
|---|---|
| 0 | 26 de marzo del 2025 |
| 1 | 27 de marzo del 2025 |
| 2 | 28 de marzo del 2025 |
| 3 | 31 de marzo del 2025 |
| 4 | 1 de de abril del 2025 |
| 5 | 2 de abril del 2025 |
| 6 | 3 de abril del 2025 |
| 7 | 4 de abril del 2025 |
| 8 | 7 de abril del 2025 |
| 9 | 8 de abril del 2025 |
| Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 9 de abril del 2025 |
Además, Sunat indicó que conforme con lo establecido por la Ley 31940, se ha ampliado el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago del Impuesto a la Renta para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (MYPE) que hayan obtenido ingresos anuales hasta el monto máximo de S/1.700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), según el siguiente cronograma:
| Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
|---|---|
| 0 | 26 de mayo del 2025 |
| 1 | 27 de mayo del 2025 |
| 2 | 28 de mayo del 2025 |
| 3 | 29 de mayo del 2025 |
| 4 | 30 de mayo del 2025 |
| 5 | 2 de junio del 2025 |
| 6 | 3 de junio del 2025 |
| 7 | 4 de junio del 2025 |
| 8 | 5 de junio del 2025 |
| 9 | 6 de junio del 2025 |
| Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RCU | 9 de junio del 2025 |
Asimismo, la Superintendencia informó, que como todos los años, estará disponible el archivo personalizado con información referencial, que deberá ser verificado y, de ser el caso, completado o modificado por el declarante antes de presentar su declaración.
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El mismo estará disponible a partir del 31 de marzo de 2025, para las personas naturales sin negocio y a partir del 17 de febrero para los negocios o empresas.
Finalmente, Sunat subrayó que en el caso de las empresas se mantiene la obligación de presentar la Declaración de Renta 2024 para aquellos contribuyentes que:
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