Patricia Benavides y su defensa legal interpusieron un recurso de tutela de derecho ante el Poder Judicial (PJ) cuestionando que la investigación en su contra se encuentre a cargo de la fiscal suprema Delia Espinoza, titular de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, según pudo conocer El Comercio. En un escrito, solicitaron que el caso sea derivado a la Fiscalía de la Nación.
Delia Espinoza Valenzuela abrió investigación contra la exfiscal de la Nación por siete delitos, entre ellos organización criminal, tráfico de influencias, encubrimiento personal, entre otros.
Ello, luego de que el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana, emitiera la Resolución 024-2004-MP-FN, en la que dispone que el despacho de la fiscal suprema conozca, en adición a sus funciones, la investigación preliminar y preparatoria de los funcionarios aforados (jueces y fiscales) que estén relacionados con la carpeta Nro. 1228-2023.
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Dicha carpeta fiscal se procesa en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop) contra los exasesores de Benavides, Jaime Villanueva, Miguel Girao Isidro, Abel Hurtado Espinoza y otros.
Sin embargo, este equipo no tiene la competencia para investigar a los altos funcionarios, por lo que todo lo relacionado con los aforados, como fue el caso de Benavides Vargas, debe ser elevado al despacho de Espinoza Valenzuela.
Ahora, según las fuentes, el recurso de tutela de derecho será analizado por el juez supremo de Investigación Preparatoria, Juan Carlos Checkely, quien deberá requerir información al Ministerio Público.
Benavides insiste con sus recursos
De otro lado, Patricia Benavides insiste en impulsar los recursos de amparo contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por el proceso disiciplinario inmediato y su posterior suspensión en el cargo de fiscal suprema.
Ante el Quinto Juzgado Constitucional, la ex fiscal de la Nación y su defensa interpusieron un recurso de apelación contra la decisión del juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán, que declaró improcedente una medida cautelar y un amparo que buscaba “declarar inaplicable y sin efecto jurídico alguno” las resoluciones de inicio del procedimiento disciplinario, la citación a la audiencia del 6 de diciembre y la que declaró infundado su pedido de inhibición.
El juzgado alegó que la funcionaria suspendida y su defensa habían incurrido en duplicidad de demandas. Es decir, que habían solicitado lo mismo en otros recursos similares que se venían procesando en juzgados diferentes.
Similar situación ocurrió ante el Tercer Juzgado Constitucional de Lima, donde han presentado un escrito de aclaración sobre la demanda rechazada.
Entre otros argumentos, el juez John Paredes señaló que la demanda no era precisa y que su pretensión ya habría sido cuestionada ante otros juzgados referida a las resoluciones del proceso disciplinario inmediato, la citación a una audiencia ante la JNJ, entre otros.
Confirma recursos
Juan Peña, abogado de Patricia Benavides, señaló que han accionado una vez más ante el Poder Judicial por no estar de acuerdo con que la investigación contra la exfiscal de la Nación lo realice una fiscal suprema.
“Creemos que no es lo correcto, para cualquier persona, no solo para la señora Benavides. Por eso es que el día de ayer (jueves 11 de enero) presentamos una tutela de derechos frente a esa decisión. Algunos medios, de manera errónea, dicen que no queremos que se investigue, eso es falso. Nosotros queremos una investigación de acuerdo al debido proceso.”
Según explicó, la Ley Orgánica del Ministerio Público señala que quien debe investigar es el fiscal de la Nación y ante su excusa, el más antiguo. En este caso, añadió, sería el fiscal supremo Pablo Sánchez. No obstante, no han sido informados que se haya inhibido de conocer el caso.
Por tanto, señaló que la designación de Espinoza Valenzuela sería contraria a la Constitución y a la Ley Orgánica del MP.
“Si la ley señala que la señora Delia Espinoza sea la llamada a investigarnos, no tenemos problema. Pero si la ley dice otra cosa, porque de manera suspicaz crean resoluciones para que una fiscal solamente pueda conocer un hecho o un caso, sí creemos que no es de acuerdo a ley. Y eso sí creemos que se debe objetar, ya sea mediante tutelas o recursos de amparo”, agregó.
Como se recuerda, anteriormente, la suspendida fiscal suprema y su defensa habían interpuesto otra tutela de derecho para acceder a la carpeta de investigación; sin embargo, la fiscalía cumplió con notificarlos con la disposición del inicio de las diligencias preliminares.
Respecto a la insistencia en sus recursos de amparo rechazadoa por los juzgados constitucionales, el abogado Juan Peña Flores remarcó que los argumentos eran distintos. Por ejemplo, sostuvo que en el cuestionamiento del proceso inmediato consideraban que no era el adecuado porque no existía flagrancia, por tanto eso han reiterado al juzgado para indicar que dicho proceso ante la JNJ sería “inconstitucional y no sería el que le corresponde” a su patrocinada.
“Como no hay otra autoridad que pueda resolver, porque yo no puedo apelar esto a la Junta, debo ir a la vía constitucional, teniendo en cuenta que el daño es inminente”, afirmó.