El fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, denunció constitucionalmente a la presidenta Dina Boluarte ante el Congreso de la República el lunes último por el presunto delito de cohecho pasivo impropio. Esto por recibir relojes de alta gama y otras joyas por parte del gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima.
Para la fiscalía, existen indicios de que Boluarte “habría incurrido en actos delictivos durante su desempeño funcional como presidenta de la República”.
El Ministerio Público señaló que la mandataria presuntamente recibió de Oscorima, “en calidad de donación”, tres relojes Rolex valorizados en US$ 18.250, US$ 26.215 y US$ 20.217. Los objetos se encuentran incautados desde abril pasado.
Según la investigación, Boluarte recibió un par de aretes argolla de oro con diamantes, de US$ 5.512; y una pulsera Bangle con 94 brillantes, de US$ 9.900. Todo ello “con el propósito de realizar actos propios de su cargo como presidenta de la República”, precisó la fiscalía en la denuncia, a la que accedió El Comercio.
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El domingo último, el primer ministro Gustavo Adrianzén había tratado de minimizar la investigación periodística del Caso Rolex. “Sale una nota en X, en Twitter, que si el reloj aquí, que si reloj allá. [...] ¿Un ´tuitazo’ es suficiente para que el Ministerio Público le abra una investigación a la presidenta? Eso es intolerable”, dijo en entrevista con “Panorama”.
Elementos de convicción
No obstante, la fiscalía dio cuenta de 33 elementos de convicción en la denuncia constitucional contra Boluarte. Entre ellos se encuentra el testimonio de la abogada Carmen Giordano Velásquez, amiga de la presidenta, quien aseguró que presenció la intención de Oscorima de entregarle al menos un Rolex.
“Ingreso a despacho y ahí es que veo que estaba entregándole un reloj en la mano. Ingreso por la puerta y cuando ingreso veo que él tenía el reloj en la mano, que terminaba de quitárselo. Yo estaba esperando la venia de la presidenta. Siguen conversando, pero no llegué a ver que efectivamente se lo hubiera entregado, solo que él hacía el ademán de entregárselo”, declaró el último seis de mayo.
Además, la propia presidenta reconoció ante el Ministerio Público que Oscorima le entregó tres Rolex de manera progresiva. Según ella, los hizo en condición de préstamo, para que luzca “relojes bonitos”.
“[Los relojes] fueron prestados de amigo a amiga, en una amistad personal. [...] Igual, en su interés de que su amiga Dina se viera bien, vino días antes del 28 de julio a Palacio y me dijo: ‘Hermana, usa esta pulsera, quiero verte bien’”, relató el 5 de abril pasado.
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La fiscalía posee las boletas de venta que emitió la Casa Banchero a favor de Oscorima por la compra de un Rolex Datejust, un par de aretes de oro y una pulsera Bangle. Además, cuenta con el acta de allanamiento a la casa de Boluarte, donde se encontró la tarjeta de identificación de la pulsera.
La denuncia incluye parte de la declaración de Enrique Vílchez, exsecretario general de Palacio, quien dijo que no es usual que Boluarte reciba en su despacho personal a autoridades regionales o locales.
“No recibe en su despacho personal. Hay salas en donde recibe a las autoridades dependiendo si son reuniones de trabajo o actividades oficiales”, señaló a la fiscalía, que ha determinado que la presidenta recibía a Oscorima sin previa cita, en su despacho, un ambiente personal no destinado para las atenciones protocolares.
También se incluye en el testimonio de Jéssica Camacho Medina, quien en el año 2023 se desempeñó como directora general de Presupuesto Público, brindado el 14 de mayo ante la fiscalía. Señaló que “principalmente me solicitaba la renuncia por motivos políticos porque el equipo de la presidenta de la República no estaba contento con mi trabajo”.
Millonarias transferencias
Otros elementos de convicción son los decretos supremos que autorizan transferencias de partidas a favor de distintos gobiernos regionales, entre ellos el de Ayacucho.
La denuncia constitucional precisa que entre marzo de 2023 y marzo del 2024 se aprobaron 44 solicitudes de demanda adicional de presupuesto para proyectos de inversión pública del Gobierno Regional de Ayacucho, en los que se advierte la intervención del Poder Ejecutivo, por un total de S/ 194.8 millones.
“La Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas, adjuntó el documento denominado ANEXO I Información de solicitudes de demanda adicional del 2022 al 2024, donde informa que el Gobierno regional de Ayacucho ingresó 144 solicitudes, de las que fueron atendidas 44, mediante (....) dispositivos normativos”, consigna el documento fiscal.
La denuncia pasará a manos de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, presidida por la congresista Lady Camones (Alianza para el Progreso).
Se trata de la segunda denuncia constitucional que presenta la Fiscalía de la Nación contra Boluarte desde que asumió la presidencia. La primera fue realizada por la exfiscal de la Nación Patricia Benavides en noviembre pasado, por las muertes durante las protestas antigubernamentales de diciembre del 2022 y enero del 2023.
La semana pasada, el gobierno de Boluarte dispuso interponer una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional para paralizar las investigaciones del Caso Rolex.
Escenarios
El abogado constitucionalista Erick Urbina dijo a El Comercio que la denuncia, luego de ser enviada a la subcomisión, “debe esperar a que la presidenta Boluarte deje el mandato”.
Remarcó que, durante su mandato, Boluarte solo puede ser acusada por las causales previstas en el artículo 117 de la Constitución. Estos son traición a la patria, impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales, disolver el Congreso sin causa, impedir el funcionamiento del Congreso o de las instituciones del sistema electoral.
“La etapa preliminar de la investigación fiscal ya culminó. Para ir a la siguiente etapa es necesario acusar, pero como ella es presidenta, tiene protección. Solo el Congreso le puede levantar el fuero, pero para eso tienen que esperar a que culmine su mandato o primero vacarla”, dijo.
En tanto, el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi, también experto en asuntos parlamentarios, estimó que la denuncia constitucional contra Boluarte “no va a prosperar”.
“El artículo 117 de la Constitución es anacrónico, pero está ahí. Señala claramente que el presidente no puede ser acusado salvo por traición a la patria [...]”, señaló en diálogo con El Comercio.
Lo que puede hacerse - dijo Rospigliosi - es que cualquier bancada parlamentaria recoja los argumentos de la denuncia constitucional y plantee una moción de vacancia por incapacidad moral permanente. No obstante, no hay los votos para una destitución.
Recientemente, el pleno del Congreso no admitió a debate tres mociones de vacancia presidencial presentadas con las firmas de parlamentarios de distintas bancadas, en su mayoría de izquierda.
En las mociones se le cuestionó por supuestamente interferir en las investigaciones por los casos Rolex y “Waykis en la sombra”. Además, una de las iniciativas incluyó un supuesto abandono del cargo entre junio y julio del 2023.
En opinión de Rospigliosi, “el fiscal de la Nación ha presentado la denuncia constitucional por cumplir con su tarea. Ahora ya no está en su esfera de dominio, sino en la subcomisión, pero la Constitución es bastante clara”.
El abogado Juan Carlos Portugal, defensor legal de Boluarte, no respondió a nuestros intentos de comunicación hasta la publicación de esta nota. Quien sí se pronunció fue el primer ministro Gustavo Adrianzén.
Dijo estimar que la subcomisión declarará improcedente la denuncia constitucional “porque no encaja con ninguno de los supuestos del artículo 117″.
“Esta no es más que una muestra de la persecución sistemática que en materia fiscal se le viene haciendo a la presidenta de la República”, dijo en diálogo con Canal N.
La pena por cohecho
El cohecho pasivo impropio es un delito previsto en el artículo 394 del Código Penal, que se sanciona con entre cuatro y seis años de cárcel.
Se penaliza a cualquier funcionario o servidor público que acepte o reciba donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a su obligación, o como consecuencia del ya realizado.
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