La Comisión de Constitución del Congreso, presidida por Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), tiene en agenda debatir el proyecto de ley que plantea conceder amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), la Policía Nacional del Perú (PNP) y funcionarios del Estado implicados en presuntos delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000 y que no tengan sentencia firme.
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La iniciativa 7549-2023-CR fue presentada por Jorge Montoya (Honor y Democracia) en abril de este año. En ese entonces, él era vocero de la bancada de Renovación Popular.
El proyecto iba a ser sustentado este martes 15 de octubre en la Comisión de Constitución, incluso figuraba en el último punto de la agenda del grupo de trabajo, pero Montoya pidió la reprogramación de su exposición debido a una cita médica y el tema se verá en la próxima sesión del 22 de octubre. Así lo señaló Rospigliosi a El Comercio.
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Los congresistas Ruth Luque ( Bloque Democrático Popular) y Víctor Cutipa (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo), integrantes de la comisión, adelantaron a este Diario su postura en contra de esta iniciativa.
Para Cutipa, la propuesta “tiene nombres propios”. En tanto, Luque aseveró que la “iniciativa plantea ‘lucha contra el terrorismo’, relato para justificar cualquier atrocidad, o violaciones a derechos humanos cometido por las fuerzas del orden”.
“Si este proyecto prosperara, por ejemplo, autores de la matanza de Cashahui (Chumbivilcas) en mi región (Cusco), donde una patrulla del ejército realizó violaciones sexuales, torturó, asesinó a población campesina no tendrían que responder ante la justicia. Es una propuesta pro impunidad”, expresó.
De otro lado, Wilson Soto (Acción Popular), miembro de señaló: “Todos los congresistas tienen derecho a presentar cualquier iniciativa legislativa, pero debe ser analizada con mucha responsabilidad, más aún si se trata de temas delicados que pudieran afectar derechos de personas”.
Este Diario buscó contactarse con Montoya, pero al cierre de este informe no respondió.
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- En la sesión de la Comisión de Constitución también se abordó la consulta hecha por la Comisión de Ética sobre si los parlamentarios pueden participar de actividades políticas durante la semana de representación. Luego de un breve debate, la propuesta pasó a cuarto intermedio.
- El presidente del grupo de trabajo, Fernando Rospigliosi, consideró que el tema necesita mayor análisis porque es “muy delicado”. Ello pese a los informes periodísticos que han dado a conocer que diversos legisladores usan estas fechas para hacer campaña o impulsar organizaciones políticas con miras al 2026. Entre ellos están Guido Bellido (Podemos Perú), Darwin Espinoza (Podemos Perú), Isabel Cortez (Bloque Democrático Popular), Flor Pablo (No agrupada), Pasión Dávila (Bancada Socialista).
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¿Qué propone Montoya en su proyecto?
La iniciativa busca beneficiar a policías, militares, miembros de comités de autodefensa y funcionarios del Estado que están siendo procesados judicialmente por hechos ocurridos entre los años 1980 y 2000 vinculados a la lucha contra el terrorismo.
Adicionalmente, el texto incluye un artículo para conceder una “amnistía de carácter humanitario” a los adultos mayores de 80 años a pesar de que tengan una sentencia firme con penas de cárcel efectiva o suspendida.
Asimismo, hay una precisión para que este último beneficio no se aplique a personas condenadas por delitos de corrupción de funcionarios o contra la administración pública.
En la justificación de motivos del proyecto, Montoya asegura que no buscan librar de responsabilidad a condenados con sentencias firmes o ejecutoriadas, en respeto a lo que ha dispuesto la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de no otorgar beneficios como amnistías en esta materia.
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Indica además que es importante beneficiar a quienes, tras 24 años, siguen siendo investigados por “presuntas violaciones a los derechos humanos”, lo que demuestra que hay una “incapacidad del sistema judicial para demostrar las imputaciones” contra quienes “salieron en defensa del orden constitucional y el sistema democrático”.
“Debemos recordar que el 100% de los hoy procesados por lamentables hechos violatorios de los derechos fundamentales de peruanos en el contexto de la lucha contra el terrorismo, no intervinieron de manera espontánea o por interés propio, sino en cumplimiento de deberes funcionales propios de sus respectivas actividades militares, castrenses, policiales o de gobierno que detentaban en aquel entonces”.
“En cambio, los subversivos declararon la guerra al Estado y la sociedad peruana por intereses de poder e inspiración ideológica con la pretensión de instalar una tiranía que bajo el pretexto de la justicia social, pretendía hacer tabla rasa del Estado de Derecho y del modelo republicano, democrático, social, independiente y soberano; conforme al artículo 43 de la Constitución”.
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De otro lado, el texto señala que la “pérdida de miles de victimas inocentes no fue el resultado de una acción perversa o maligna de las fuerzas de seguridad pública sino producto de la provocación de las huestes terroristas y el acoso constante hacia las fuerzas militares, autoridades políticas y en general a todo lo que representara al Estado constitucional de derecho”
“Estas circunstancias obligan al legislador a implementar políticas que tengan por objeto la justicia y la reconciliación, con quienes salieron, en su momento, a defender el orden constitucional y democrático y que hoy sufren las consecuencias de la persecución penal y el olvido del Estado. En este contexto, se justifica la emisión de una legislación extraordinaria de amnistía que ponga punto final al padecimiento de procesos interminables, investigaciones que se amplían constantemente por décadas, y el acoso”, se lee.
Propuesta |
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Artículo 1: OBJETO La presente ley tiene por objeto conceder amnistía aplicable en los casos por presuntos delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Comités de Autodefensa y funcionarios del Estado, que no cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada, que pudieran estar denunciados o procesados por delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo, entre los años 1980 y 2000, que en aplicación del principio jurídico del plazo razonable, habiendo transcurrido 24 años, estos hechos no pudieron ser investigados, procesados ni sancionados conforme a la legislación aplicable en ese momento. Situación que es necesario regular, ya que quienes salieron en defensa del orden constitucional y el sistema democrático, no pueden permanecer de por vida con la amenaza de la persecución penal o sometidos a investigaciones o procesos interminables carentes de racionalidad y justicia. No son aplicables los efectos de la presente Ley a los denunciados o imputados por terrorismo quienes deberán ser objeto de los procesos penales correspondientes de conformidad a las normas pertinentes. |
Artículo 2: AMNISTÍA Concédase amnistía aplicable a los casos por presuntos delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Comités de Autodefensa y funcionarios del Estado, que no cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada, que pudieran estar denunciados o procesados por delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo, entre los años 1980 y 2000, en aplicación de los artículos 102 inciso 6) y 139 inciso 13) de la Constitución Política del Estado, asl como el principio jurídico del plazo razonable y el objeto de la presente ley. |
Artículo 3: AMNISTÍA PARA ADULTOS MAYORES Concédase amnistía de carácter humanitario a los adultos mayores de 80 años de edad, que cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada y/o en trámite de ejecución, con pena privativa de la libertad o suspendida por delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo, entre los años 1980 y 2000, aplicable a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Comités de Autodefensa y funcionarios del Estado en aplicación de los artículos 102 inciso 6) y 139 inciso 13) de la Constitución Política del Estado. Este beneficio no es aplicable a los condenados por delitos de corrupción de funcionarios o delitos contra la administración pública. |
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¿Cuáles son los peligros?
El exviceministro de Justicia Gilmar Andía, el exprocurador Antonio Maldonado y el abogado penalista Andy Carrión consideraron que la iniciativa es peligrosa y la calificaron de proyecto impunidad.
Andía advirtió que la propuesta buscaría “favorecer a toda la cúpula de la época de [Alberto] Fujimori. Yo diría que con esto se daría amnistía a todo militar que haya sido sentenciado en la época del terrorismo”.
“[Se pide] amnistía a los que están sentenciados por luchar contra el terrorismo, como si no hubieran cometidos abusos y matanzas”, criticó el exviceministro.
Andía dijo que uno de los beneficiados podría ser el expresidente Ollanta Humala en el Caso Madre Mía. “[Es una ley impunidad] de todas maneras”, indicó.
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Por su parte, Maldonado afirmó que “las amnistías y los indultos están prohibidos por el derecho internacional”, más allá de que haya sentencia firme o no. Recordó que el Caso Barrios Altos marcó un precedente importante al respecto.
El exprocurador señaló que este proyecto tiene el agravante de haber sido presentado por Jorge Montoya. “Es un alto oficiales de la Marina de Guerra, se supone que están guiados por el ejemplo de Miguel Grau, que aplicó los convenios internacionales vigentes en esos momentos con respecto a los prisioneros de guerra, etc. Respetó lo que ahora conocemos como el derecho penal humanitario”, resaltó.
Opinó, además, que si la norma prospera sería “inconstitucional” y representaría un retroceso. Agregó que el “gran beneficiado sería el mensaje de impunidad” debido a que el Estado no estaría garantizando “la no repetición de esos hechos”. “¿Y cómo lo garantizas? No con impunidad sino con justicia”, concluyó.
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A su turno, Carrión aseveró que la propuesta “es absolutamente peligrosa porque se está generando impunidad absoluta”.
“Generaría que todos los casos que están en curso queden archivados [...] Está hablando de una gestión de años que abarcaría casi la mayoría delitos de lesa humanidad, al menos hasta la fecha límite que propone este proyecto porque la mayoría se ha dado hasta el año 2000″, subrayó.
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