Anoche, el congresista aprista Mauricio Mulder defendi el fallo que dio el juez Hugo Velsquez del Quinto Juzgado Constitucional, que anul los ocho informes de la megacomisin en lo que refiere al ex presidente Alan Garca.

No estoy celebrando, pero si tengo la satisfaccin de saber que ahora hay tendencias de carcter universal que establecen que los debidos procesos se deben cumplir en todo tipo de instancia de investigacin y no solo en el Poder Judicial, manifest

En el programa No culpes a la noche, Mulder incluso emplaz al ex presidente de la desactivada megacomisin Sergio Tejada (Gana Per) a cumplir la sentencia, que, desde su punto de vista, es ejemplar.

Sin embargo, un ao tras el aprista arremeti contra el juez Velsquez, porque anul la sancin que le impuso el pleno del Congreso, a recomendacin de la Comisin de tica, al fallecido congresista Javier Diez Canseco.

En esa ocasin, Mulder afirm que el procurador del Congreso deba apelar el fallo y tambin sugiri que se denuncie al magistrado, porque no puede ser que un juez de la Repblica emita un fallo que diga se ordena a la Comisin de tica, eso es inaceptable, ese juez est cometiendo un delito, es un fallo prevaricador.

Cmo puede un juez ordenar a una comisin que ejecute un determina tema? Maana cualquier persona que se sienta aludida por un proyecto de ley se va a un juez, presenta una accin de amparo y ese juez ordena que fallemos una ley en un sentido u otro. Solo un payaso puede hacer eso, ese juez que no s cul es su nombre, no puede emitir un fallo como ese, mencion.

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SU JUSTIFICACIN Al ser consultado sobre sus cuestionamientos al juez, Mulder asegur que existe una diferencia sustantiva entre el fallo a favor de Diez Canseco y la sentencia pro Garca.

El juez le orden a la Comisin de tica que cambie su fallo, eso es inaceptable. Ahora lo que ha hecho se ha cuidado mejor, lo que no cumple con el debido proceso se anula. Al final hizo eso en el caso de Diez Canseco en segunda instancia, dijo.

Para concluir, seal que la inhabilitacin poltica no tiene efecto, porque tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) como el Tribunal Constitucional, han sealado que no se puede inhabilitar a nadie si la conducta inhabilitante no est previamente establecida en una ley.