El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 resolvió no excluir a George Forsyth como candidato presidencial de Victoria Nacional por presunta omisión de información en su declaración jurada de hoja de vida, de cara a las Elecciones Generales del 2021.
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Según la Resolución Nro. 00536-2021-JEE-LIC1/JNE, el exfutbolista registra dos procesos judiciales, uno civil por indemnización interpuesto por la persona jurídica, Dardos Digital Outdoor SAC, cuando era alcalde de La Victoria.
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El segundo caso por violencia familiar fue interpuesto por la actriz Vanessa Terkes Rachitof, el cual fue “desestimado en cuanto al otorgamiento de medidas de protección a favor de la denunciante”.
“En ese sentido, no nos encontramos en el supuesto de obligatoriedad de declaración en su DJHV, toda vez que el primer proceso no tiene pronunciamiento firme sobre el fondo de la controversia y el segundo se ha dispuesto su archivo definitivo, conforme a los medios probatorios obrantes en autos y a lo informado por el 17 Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima”, dice la resolución.
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Cabe indicar que los candidatos están obligados a declarar las sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas en su contra por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes.
Por ello, el JEE Lima Centro 1 consideró “no haber mérito” para disponer la exclusión de Forsyth Sommer; en consecuencia, “corresponde disponer el archivo definitivo de los actuados”, dice el documento.
Días atrás se reveló que otro informe de fiscalización a la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) presentada por el candidato presidencial de Victoria Nacional advierte que habría omitido declarar acciones en 3 empresas activas y que contradice lo que declaró a la Contraloría el 2019.
“El candidato no habría declarado las rentas que percibiría en el sector privado (ante la Contraloría General de la República declaró respecto al periodo del 2019, percibía el monto de S/. 15000.00 mensuales), por lo que habría una omisión de la información prevista”, se lee en el documento.
“Se verificó, que aparte de las 4 empresas declaradas, habían 6 empresas no declaradas en la actual DJHV [...] las empresas que se encuentran activas son FYVCON S.A.C, GRT SEGURIDAD Y CONTROL S.A.C, y CREATIVE TECHNOLOGY ENGINEERING S.A.C”, indica el informe.
Cabe mencionar que el Jurado Electoral Especial también resolvió los casos de otros candidatos a la presidencia y aquí el detalle.
Daniel Salaverry:
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 emitió una resolución en la cual afirma que no hay mérito para excluir al candidato presidencial de Somos Perú Daniel Salaverry de las Elecciones Generales del 2021.
La resolución indica que si bien el fiscalizador de hoja de vida reportó que en la Corte Superior de Justica de Lima el citado candidato, registra cinco expedientes. Sin embargo, en estos, el expresidente del Congreso se encuentra en calidad de “demandado”, en trámite, archivado; entre otros.
La entidad electoral presidida por el magistrado Luis Carraco indicó, por ello, que “no se ha configurado omisión de la información” al no registrar dichos expedientes puesto que la legislación electoral indica que los candidatos solo deben declarar sentencias en su contra.
“Luego de la valoración efectuada, este Colegiado considera que no se ha configurado omisión de la información por parte de la citada candidata, respecto de la relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos(as) por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes en el Formato Único de la declaración jurada de hoja de vida, por lo que, no existe mérito para disponer su exclusión”, se lee en el documento.
“Se resuelve no haber mérito para disponer la exclusión del señor ciudadano Daniel Enrique Salaverry Villa candidato a la presidencia de la República presentada por la organización política ‘Partido Democrático Somos Perú’, por las consideraciones expuestas en la presente resolución”, indicó el JEE de Lima Centro.
Rafael López Aliaga:
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 resolvió no excluir a Rafael López-Aliaga como candidato presidencial de Renovación Popular por presunta omisión de información en su declaración jurada de hoja de vida, de cara a las Elecciones Generales del 2021.
Según la Resolución Nro. 00529-2021-JEE-LIC1/JNE, el postulante cuenta con tres procesos civiles entre los años 2007 y 2008, dos de ellos en trámite y el restante por definir.
Además, la Declaración Jurada de Hoja de Vida del candidato presidencial cuenta con los expedientes detallados, pero no indica que tiene una sentencia de carácter firme.
Cabe indicar que los candidatos están obligados a declarar las sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas en su contra por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes.
“Este Colegiado considera que no se ha configurado omisión de la información por parte de la citada candidata (sic), respecto del el Rubro VII.- Relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos(as) por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes en el Formato Único de la DJHV; por lo que, no existe mérito para disponer su exclusión, por lo tanto, deberá disponerse el archivo de los actuados”, dice la resolución.
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