La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) estableció el jueves 22 de julio, como la fecha límite de presentación de la rendición de cuentas que efectuarán nueve partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo, correspondiente al ejercicio anual 2021.
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A través de una nota de prensa, indicó que el plazo fue establecido a través de la Resolución Jefatural N°000189-2021-JN/ONPE publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano y firmada por el jefe del organismo electoral, Piero Corvetto.
Tras las elecciones de representantes en el Congreso de la República para completar el periodo parlamentario 2016-2021, realizadas el 26 de enero de 2020, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó qué organizaciones políticas alcanzaron escaños en el Congreso.
Por ello, en virtud del artículo 29° de la Ley de Organizaciones Políticas y la Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprobó la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del Financiamiento Público Directo del 2021 a favor de las organizaciones políticas beneficiarias.
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Se trata de Acción Popular, Podemos Perú, Frente Popular Agrícola FIA del Perú - Frepap, Alianza para el Progreso, Partido Morado, Fuerza Popular, Unión por el Perú, Frente Amplio y Somos Perú.
Según el artículo 14° del Reglamento de Supervisión de Fondos Partidario, los partidos políticos y alianzas electorales están obligados a presentar a la ONPE un informe semestral, con la rendición de gastos efectuados con cargo a los fondos del financiamiento público directo. Dicho informe debe encontrarse debidamente sustentado y documentado en los formatos que, para tal efecto, apruebe la ONPE.
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El informe semestral comprende la presentación de los comprobantes de pago realizados en el semestre respectivo, acompañados del soporte digital correspondiente.
Esta presentación permitirá a la ONPE realizar sus labores de verificación y control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas en relación con la utilización de los recursos del financiamiento público directo, de conformidad con el Reglamento de Supervisión de Fondos Partidarios y la Ley de Organizaciones Políticas.
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