El jurista Aníbal Quiroga afirmó hoy que el fallo judicial que dispone anular la suspensión de 120 días del Congreso contra el legislador Javier Diez Canseco es procedente, pues las decisiones del Parlamento no están exentas del control constitucional.

Quiroga dijo que mediante el amparo constitucional, incluso, se ha logrado revisar fallos y resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Esto, siempre que exista una violación al debido proceso.

Sostuvo que el Congreso puede apelar esta resolución judicial, pero si la defensa de Diez Canseco demanda la ejecución anticipada de la sentencia, entonces, esta debe aplicarse de inmediato así sea apelada.

SE AJUSTA A DERECHO En ese mismo sentido se pronunció el jurista Javier Valle Riestra, quien consideró que la referida resolución judicial se ajusta a derecho y a la moral, por lo que es absolutamente correcta.

No es ninguna novedad, tanto el Poder Judicial como el Tribunal Constitucional continuamente eliminan resoluciones de Parlamento que tienen un carácter inconstitucional, señaló en Canal N.

Agregó que no es un fallo prevaricador y que además de las razones jurídicas hay que darse cuenta que Javier Diez Canseco es un hombre de 65 años que está muy enfermo. En ese sentido, consideró que los legisladores que cuestionan el fallo judicial no deben ensañarse con un caído.

JUEZ ESTARÍA EQUIVOCADO Consultado por El Comercio, el constitucionalista Domingo García Belaunde expresó su discrepancia con la resolución judicial. No estoy de acuerdo que, a través de acciones de amparo, se interpongan órdenes contra medidas disciplinarias. Me parece que esta decisión del juez Hugo Velásquez no procede, expresó.

Se dice que se debió respetar el debido proceso. ¿Qué significa eso? Se plantean cargos, se comunica a la persona para que esta pueda absolverlos. Ese es el debido proceso y, según tengo entendido, eso se ha cumplido con Javier Diez Canseco, indicó.

García Belaunde refirió que el Congreso ha interpretado, en su máxima instancia, que ha habido un conflicto de intereses. ¿Quién es él para decir lo contrario? ¿Por qué el juez se pronuncia sobre el tema de fondo (el conflicto de intereses) si no lo conoce? Creo que el juez estaría equivocado, subrayó.