Una de las últimas notificaciones que recibió el fiscal José Domingo Pérez antes de que terminara el 2020 fue la de una demanda de amparo en su contra. Esta había sido presentada por la procuraduría de la Sunat contra él y contra el fiscal Rafael Vela, coordinador del equipo especial Lava Jato.
“Mi extrañeza es que llegó a mi domicilio. Igual he respondido”, señaló Pérez, quien investiga a la candidata presidencial de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, entre otros políticos, por presunto lavado de activos.
El 5 de marzo pasado, la procuraduría de la Sunat presentó esta demanda que ha sido admitida a trámite por 11° Juzgado Especializado en lo Constitucional con Subespecialidad en Temas Tributarios, Aduaneros e Indecopi de la Corte Superior de Justicia de Lima, y notificada casi un año después. Esta acción legal busca anular dos resoluciones de Pérez y Vela “porque vulnera el debido proceso al excluir a funcionarios” de la empresa Odebrecht de una investigación por defraudación tributaria, según la documentación a la que accedió El Comercio.
Lo que se archivó
De acuerdo a la procuraduría de la Sunat, en marzo del 2018, la Gerencia de Fiscalización de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacional emitió el Informe de Indicios de Delito Tributario 19-2018 a Odebrecht respecto del tributo y al impuesto a la renta del ejercicio 2011. En este encontraron indicios de la comisión del delito de defraudación tributaria en la modalidad de ocultamiento de ingresos, que generaban impuestos no pagados.
Con base en ello, señalan, el 4 de octubre del 2018, la Sunat interpuso una denuncia penal contra Jorge Barata y otros exejecutivos de la constructora. Por entonces, Víctor Shiguiyama era el jefe de la Sunat, pero renunció el 28 de octubre tras ser incluido como testigo por el fiscal Pérez en la investigación contra Fujimori.
Meses después, entre febrero y junio del 2019, se firmó y homologó el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht. Este acuerdo obligó a la empresa a pagar un total de más de S/568 millones de deuda tributaria.
En ese entonces, la demanda penal de la Sunat por defraudación tributaria estaba en el despacho del fiscal Walter Villanueva, también del Equipo Especial. El 25 de setiembre del 2019, dos meses después, el fiscal Pérez ordenó el archivo de la denuncia que había presentado un año antes la Sunat porque consideró que se usó información del acuerdo con Odebrecht. Esta decisión fue ratificada por Vela. Sin embargo, según la fiscalía, ello no significó que sea definitivo.
“La fiscalía señala que no se puede afectar el derecho que tiene el sujeto a la protección de su no autoincriminación porque esa información ha sido entregada en un proceso de colaboración y la Sunat no puede utilizarla para presentar estas denuncias. No es una cosa decidida. Se dejó a salvo que, en caso de concluirse el proceso de fiscalización tributaria, podría presentar los elementos de denuncia para reexaminar respecto a las personas que estaban comprendidas en este proceso de colaboración sin utilizar esos elementos”, explicó Pérez a El Comercio.
El fiscal Pérez remarcó que en la disposición de archivo dejó constancia de la facultad para que se reabra la investigación si la Sunat presentaba indicios de delito tributario. Sostuvo que el informe que acompañó la demanda del 2018 estaba basado en noticias periodísticas sobre el acuerdo de colaboración eficaz y que “groseramente” no se puede presentar una acción así.
“Sí me llama la atención que no lo haya hecho [presentar otras pruebas]. En lugar de realizar una demanda de amparo lo que debió hacer la sunat es presentar las conclusiones de su informe de fiscalización y verificación del delito tributario. Ya han pasado cuántos años y la Sunat no alcanza un informe debidamente documentado. Ahora recurre a la vía del amparo y que un juez tome un criterio bajo el argumento que nosotros hemos afectado sus facultades”, agregó. Para Pérez, lo que busca esta acción de amparo es afectar el proceso y la norma de colaboración eficaz a través de un pronunciamiento constitucional.
Niegan usar acuerdo
A través de su procuraduría, la Sunat argumenta que la fiscalía ha vulnerado el debido proceso con el archivo de la demanda por defraudación tributaria del 2018.
Según sus argumentos, los indicios de defraudación tributaria se desprenden de la “documentación contable y legal obtenida voluntariamente” de Odebrecht en el procedimiento de fiscalización realizado en el 2017.
Esos medios de prueba, detallaron, son documentos contables y legales de acceso restringido como libros de ingresos de las empresas del grupo Odebrecht, actas del acuerdo de distribución de resultados de los consorcios y la sociedad anónima donde participaron las empresas Odebrecht y las declaraciones juradas del impuesto a la renta de la empresa. “Sin embargo, ni la disposición fiscal ni la disposición superior los tuvieron en cuenta: omitieron cualquier pronunciamiento sobre ellos, volviendo a lesionar nuestro derecho a una motivación adecuada”, aseguran.
En su demanda de amparo, la procuraduría niega que la información haya sido tomada del acuerdo de colaboración eficaz y sostiene que se acompañó información periodística de manera referencial.
“Nunca se usó información develada por Odebrecht en el proceso de colaboración. La Sunat no habría podido acceder y mucho menos hacer uso de esa información porque no la conocía, ni la conoce (más allá de los medios periodísticos), puesto que lo actuado tiene el carácter de reservado”, se señala.
Asimismo, refieren que los delitos tributarios imputados en su demanda contra los funcionarios de Odebrecht “no forman parte del acuerdo de colaboración”. Añadieron que en el “supuesto negado” que el acuerdo haya incluido este tipo de delito, los fiscales del equipo especial no tenían competencia para pronunciarse sobre estos cuando se firmó el convenio con Odebrecht y el acuerdo sería “nulo”.
Incertidumbre
Consultada sobre esta demanda de amparo, la procuradora ad hoc para el Caso Lava Jato, Silvana Carrión, respondió a El Comercio que si bien son legítimos los cuestionamientos al acuerdo, las acciones legales “sin duda generan incertidumbre” respecto de las siguientes colaboraciones “que estamos negociando” con otras empresas. Manifestó que antes de llegar a otra instancia como el Poder Judicial, deben primar las coordinaciones entre las autoridades.
Carrión explicó que aunque la imputación que hizo la fiscalía a Odebrecht en el acuerdo de colaboración es el delito de colusión, de este ilícito se pueden desprender otros como la defraudación tributaria. Sin embargo, señaló que se trata del mismo hecho confesado. “Ya no lo puedes utilizar para tipificar otro delito con el colaborador porque él mismo lo ha introducido”, sostuvo.
Aseguró que la presunta defraudación tributaria puede ser investigada, pero utilizando “evidencia nueva e independiente” a lo señalado por los exejecutivos de Odebrecht. Es decir, dijo, sin utilizar la declaración de Barata ni la información brindada por la constructora. “La fiscalía ha dejado abierta la posibilidad de que la Sunat pueda presentar prueba independiente y reabrir el caso. Que genere su propia evidencia, su propio elemento de convicción distinto al acuerdo”, remarcó.
Alertó, además, que si un juez constitucional ordena que la información brindada por un colaborador eficaz sea declarada válida para seguir con un proceso en su contra, “ese riesgo sería muy perjudicial”. “Si finalmente un juez podría tomar una decisión como esa, con seguridad ningún colaborador va a querer seguir delatando sus propios ilícitos porque sabe que pueden ser utilizados”, añadió.
Este Diario buscó la versión de la Sunat. Personal de prensa se excusó de un pronunciamiento precisando que la procuraduría pública de su institución es un “órgano autónomo de la administración tributaria y aduanera y forma parte del Consejo de Defensa Jurídica del Estado”.
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