La jueza María Álvarez Camacho, titular del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria, analizó este lunes la solicitud de impedimento de salida del país en contra del aún congresista Humberto Acuña (Alianza Para el Progreso), por la investigación en su contra por la obra Trasvase Olmos que estuvo a cargo de la empresa Odebrecht.
Durante la audiencia, el fiscal Hamilton Montoro sustentó su requerimiento y detalló que, siendo gobernador de Lambayeque, Acuña concedió en 2011 a la constructora brasileña una ampliación de plazo para la culminación del proyecto sin contar con sustento técnico y bajo causales no previstas en el contrato inicial. La modificación de plazo significó 819 días a favor de la compañía.
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“El señor Humberto Acuña, en su condición de presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, se ha concertado con los directivos de la empresa ejecutora de esta obra para defraudar al Estado peruano. Recibió donativo o soborno para establecer una ventaja, pero realizando un acto en violación de sus obligaciones”, sostuvo durante su intervención.
“Este Ministerio Público solicita a su despacho judicial que al imputado Humberto Acuña se le imponga la medida de comparecencia con restricciones, se le imponga la caución económica de 500 mil soles y, además, se le imponga el impedimento de salida del país por el plazo de 36 meses”, indicó.
Al respecto, la magistrada sostuvo que emitirá “una decisión del modo más oportuno posible” respecto al caso del exgobernador de Lambayeque y aseguró que esta será comunicada a las partes a través de sus casillas electrónicas.
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“Se resuelve remitir el pronunciamiento del órgano jurisdiccional a través del despacho, notificando una decisión del modo más oportuno, más rápido posible en las casillas electrónicas del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica”, manifestó Álvarez Camacho.
“Se ha podido advertir durante el debate que tanto el representante del Ministerio Público como la defensa técnica han hecho referencia a elementos de convicción específicos y no solamente a ello, sino a parte a los elementos que este órgano debe revisar para resolver el requerimiento”, añadió.
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