Bajo el gobierno de Dina Boluarte, finalmente terminó incrementándose la Remuneración Mínima Vital (RMV) a nivel nacional, y en favor de millones de trabajadores de la actividad privada. Al respecto, resulta importante destacar la injerencia de este aumento en diversos conceptos salariales, siendo aquel relacionado al Seguro Social de Salud (EsSalud), el mismo que evidencia variación a partir de alza decretada. A continuación, conoce a cuánto asciende, cómo aplica mensualmente dentro de RMV, entre otros detalles importantes tras anuncio realizado por mandataria peruana.
¿A CUÁNTO ASCIENDE HOY EL APORTE A ESSALUD TRAS INCREMENTO DE LA RMV DECRETADO POR DINA BOLUARTE?
La RMV en Perú representa la cantidad mínima de dinero que se le paga a un trabajador por laborar una jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales, y hoy es objeto de cierta variación en cuanto a descuentos de planilla se refiere teniendo a EsSalud como importante concepto tras decretado incremento salarial.
De acuerdo a Ley N° 26790, y desde hace casi 30 años, todo empleador debe aportarle a dicho organismo público descentralizado, el 9% del sueldo o ingreso mensual de cada uno de sus trabajadores debidamente registrados y declarados, ascendiendo por ello actualmente a los 101,70 soles el monto descontado.
Este y otros conceptos como el de asignación familiar, evidencian cambios notorios desde 2025 por incremento de la RMV a cargo de Dina Boluarte, quien como presidente hizo anuncio valorando criterios técnicos, según expresó en compañía del titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Daniel Maurate.
DESDE CUÁNDO SE INCREMENTA LA RMV EN PERÚ SEGÚN DECRETO SUPREMO Y A CUÁNTO ASCIENDE
El 27 de diciembre, el salón Tupac Amaru de Palacio de Gobierno fue el escenario de un incremento de la RMV que viene generando controversia, aunque Dina Boluarte tras anuncio, lo considere como decisión tomada con responsabilidad y pensada en el “bienestar de los peruanos”.
De esta forma empezó a manifestarse la presidente del Perú en compañía de Daniel Maurate, titular del MTPE, asegurando además que dicho aumento salarial ascendente a los S/105, no está enmarcado en dictamen populista ni oportunismo político.
Con respecto a los detalles del anunciado incremento de la RMV a nivel nacional dirigido a “los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada”, resulta importante destacar que el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 006, determina aplicación de dictamen a partir del miércoles 1 de enero, es decir, cada beneficiario podrá percibirlo desde esa fecha, y así cada 30 o 31 días.
“Nosotros no gobernamos mirando las encuestas, sino en base a objetivos concretos y beneficiosos para el país”, refirió también Dina Boluarte durante anuncio realizado el 27 de diciembre, mientras la normativa precisa que la decisión figura basada en apartado de la Constitución Política del Perú estableciendo lo siguiente:
- “Que el trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual, y que corresponde al Estado la regulación de la remuneración mínima, con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores”.
Resulta importante considerar también que de acuerdo a Decreto Supremo N° 006, el reajuste de la RMV ascendente a los S/1,130, se produce tomando en cuenta “los lineamientos técnicos consensuados en el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo” en cuanto a “análisis de los índices de inflación subyacente y productividad” se refiere, buscando que el aumento refleje el desempeño económico peruano, y termine contribuyendo con la mejora sostenida del poder adquisitivo de millones de trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
ESTA ES LA CANTIDAD DE SALARIOS QUE LLEGAS A PERDER EN LIMA POR CULPA DEL TRÁFICO SEGÚN PRECISA EL BCRP
El Reporte de Inflación del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) presenta información trimestral acerca del panorama actual y proyecciones macroeconómicas, siendo la última edición publicada el 20 de diciembre aquella que le dedica varias líneas a la “Congestión del Transporte Urbano y sus Efectos Económicos”, dando a conocer alarmantes cifras en cuanto a pérdidas monetarias se refiere.
“La congestión vehicular es un problema de movilidad urbana que afecta negativamente a la competitividad y a la productividad de la economía, y que genera pérdidas de bienestar en la población”, refiere dicha institución, haciendo hincapié en que hacia el 2023, los costos asociados al tráfico en Lima han evidenciado incremento tanto por combustible como horas utilizadas para desplazarnos.
Con respecto a las estimaciones económicas, el BCRP profundiza aún más mediante último “Reporte de Inflación” de 2024, y revela que casi 4 sueldos mínimos ascendentes hoy a los S/1,025, son los que termina perdiendo un limeño a causa del atasco y embotellamiento registrado cada año en la capital.
“Para 2023, se estima que una persona pierde en promedio S/3,8 mil al año en Lima”, da a conocer el informe, mientras considerando la Población Económicamente Activa Ocupada (PEAO) urbana, el costo se eleva a S/20 mil millones que termina bordeando el 2,0% del Producto Bruto Interno (PBI) nacional.
La problemática de la congestión urbana también incide en factores económicos, según lo estimado por el BCRP, y para atenuar ello consolida “Reporte de Inflación” - Diciembre 2024, compartiendo los siguientes enfoques clave:
- Infraestructura eficiente y gestión del tráfico
- “Incluye el uso de infraestructura que favorezca el transporte masivo eficiente, semáforos optimizados, monitoreo en tiempo real, vigilancia del cumplimiento de normas de tránsito, restricción del uso del vehículo particular y promoción del uso de transporte público, transporte compartido y bicicletas”.
- Reducción de la demanda de viajes
- “El trabajo es el principal generador de viajes en una ciudad, de manera que las políticas que promueven el trabajo remoto y la flexibilización en los horarios de entrada y salida podrían disminuir sensiblemente la demanda de transporte y, en consecuencia, los niveles de congestión vial”.
- Planificación y logística urbana eficiente
- “Se requiere un sistema de recopilación y gestión de datos sistematizados con información histórica y georreferenciada sobre tráfico”.
- “Además, una adecuada gestión de los servicios municipales (riego de áreas verdes, limpieza y obras en pistas y veredas, entre otros), en horarios de libre tránsito y no en horarios de alta congestión vehicular”.