El Sptimo Juzgado Constitucional de Lima orden al Registro Nacional de Identificacin y Estado Civil (Reniec) que reconozca e inscriba el matrimonio entre el ciudadano peruano scar Ugarteche y el mexicano Fidel Aroche, el cual fue celebrado en Mxico.

A travs de una sentencia de primera instancia emitida el 21 de diciembre pasado y conocida ayer, la jueza Malbina Saldaa declar fundada la demanda presentada por Ugarteche, quien inici un proceso legal para registrar su nuevo estado civil en diciembre del 2012. La sentencia es apelable y el caso podra llegar al Tribunal Constitucional.

Lucha judicial

La pareja se cas el 30 de octubre del 2010 en Ciudad de Mxico, siete meses despus de que entrara en vigencia la reforma legislativa que permita el matrimonio entre personas del mismo sexo en dicho pas.

Fue una ceremonia privada, a la cual asistieron nuestros amigos ms cercanos. Tras ello, yo buscaba que en mi pasaporte peruano apareciera mi nuevo estado civil, as como el pleno reconocimiento de nuestra unin en mi pas, dijo Ugarteche a El Comercio.

En el 2011, solicit la inscripcin de su matrimonio ante el consulado peruano en Mxico. Sin embargo, segn refiri, la representacin diplomtica le respondi seis meses despus que la cancillera no saba cmo proceder ante su caso.

Por esta razn, en enero del 2012, Ugarteche le otorg una carta-poder a su abogado para que este solicitara al Reniec el registro de su nuevo estado civil. Pero, en marzo de ese mismo ao, la entidad declar improcedente su solicitud.

Pese a que apel la resolucin, el Reniec argument finalmente que el artculo 234 del Cdigo Civil estableca que el matrimonio es la unin voluntariamente concertada por un varn y una mujer legalmente aptos para ella, por lo que no poda registrar un matrimonio entre personas del mismo sexo.

Entonces, inici el proceso judicial. La Constitucin dice que todos somos iguales, pero el Cdigo Civil dice lo contrario. No podamos quedarnos de brazos cruzados, agreg Ugarteche.

Camino a la sentencia

En el 2013, el caso de Ugarteche pas a la Cuarta Sala Civil, y finalmente fue admitido por el Sptimo Juzgado Constitucional de Lima el 10 de octubre de ese mismo ao a travs de un proceso de amparo.

En esta instancia, el Reniec reiter su argumento (que no poda inscribir el matrimonio de Ugarteche al ser entre dos personas del mismo sexo). De esta manera, en octubre del 2015, el juzgado notific que emitira sentencia sobre el caso, aunque esta recin se dict en diciembre ltimo.

Brenda lvarez, abogada de Promsex, consider que este fallo es histrico [ver claves de la sentencia], ya que ha ponderado un derecho fundamental como el de la igualdad por encima de conceptos como el de matrimonio.

Es un precedente importante para el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo. Ahora, el Reniec tiene todo el derecho de apelar el fallo y el caso podra llegar al Tribunal Constitucional, seal.

El Comercio busc la versin del Reniec, pero la entidad indic que no se pronunciara sobre el caso porque an no haba sido notificada por el juzgado.

Claves de la sentencia

Nuestro Cdigo Civil data del ao 1984, momento en el cual era inimaginable pensar en una institucin como la del matrimonio de personas del mismo sexo [] a la fecha esta Judicatura considera que no se ha adaptado a dichos cambios [sociales].

Esta Judicatura tiene presente que no es adecuado pronunciarse sobre si se debe o no regular el matrimonio de personas del mismo sexo en nuestro pas, limitndose a verificar si es que se han vulnerado o no los derechos constitucionales del seor Ugarteche.

Esta Judicatura considera que la razn en la cual se ha fundamentado la denegacin del matrimonio celebrado con el demandante en el extranjero, es por la nica razn de que fue celebrado entre personas homosexuales [] por lo que resulta altamente discriminatorio y contrario a nuestra Constitucin.

Esta Judicatura considera pertinente recordar que no es factible una oposicin de carcter religiosa al reconocimiento de un matrimonio homosexual, puesto que el Per es un Estado laico, es decir que es neutral en materia de religin.

Punto de vista,por Samuel Abad,experto en derecho constitucional

El Cdigo Civil no se ajusta a la Constitucin

Es una slida e histrica sentencia que reconoce la validez constitucional en el Per de un matrimonio entre personas del mismo sexo. La jueza seal, con absoluta razn, que ni la Constitucin ni los tratados amparan la restriccin establecida en el Cdigo Civil sobre estas uniones.

Tambin consider que la negativa del Reniec discrimin al demandante en razn de su orientacin sexual, y que vulner sus derechos a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad. Por ello, el Cdigo Civil no se ajusta a la Constitucin, a los tratados y a la jurisprudencia de la Corte Interamericana.

Es una valiente sentencia que debera establecer un precedente y que ratifica la relevancia de los jueces constitucionales en el pas.

scar Ugarteche: fueron aos de lucha por la no discriminacin https://t.co/egx6RjtUlq pic.twitter.com/ZpPzov8hLH Sociedad El Comercio (@sociedad_ECpe) 10 de enero de 2017