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Comunicado: Superintendencia de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones

Autorizan funcionamiento de empresa emisora de dinero electrónico bajo la denominación social de “BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A.” como una empresa de servicios complementarios y conexos
16/9/2026 08H0 - ACTUALIZADO A 16/9/2026 08H0

RESOLUCIÓN SBS N° 02248-2026

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:

La solicitud presentada el 24 de marzo de 2026 por Viettel Perú S.A.C., en calidad de organizador, a través de su representante, el señor Pham Anh Duc, identificado con carné de extranjería N° 005548250, mediante la cual solicita autorización para el funcionamiento de una empresa emisora de dinero electrónico, bajo la denominación social de “BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A.”, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 00173 de fecha 21 de enero de 2026, se autorizó la organización de una empresa emisora de dinero electrónico bajo la denominación social de “BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A.”;

Que, se ha verificado que la empresa emisora de dinero electrónico “BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A.” ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 1B del Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante, el TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS N° 1581-2023 y sus modificatorias, los cuales se encontraron conformes luego de la evaluación efectuada, encontrándose la empresa técnica y administrativamente habilitada para el inicio de sus operaciones;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias (en adelante, la Ley General); el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS N° 211-2021 y sus modificatorias; y el Procedimiento N° 1B del TUPA;

Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Regulación y Jurídica; así como de las Gerencias de Riesgos y Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento de la empresa emisora de dinero electrónico bajo la denominación social de “BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A.” como una empresa de servicios complementarios y conexos.

Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General de esta Superintendencia, se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del certificado por parte de la Superintendencia, y la segunda en un diario de extensa circulación nacional, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la primera publicación. El certificado de autorización de funcionamiento debe encontrarse publicado de manera que se encuentre accesible permanentemente al público.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE

Superintendente de Banca, Seguros y AFP

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